Desde este martes, 10 de octubre, entró en vigencia en Colombia la Ley 2300 de 2023, la cual establece nuevos parámetros para garantizar y proteger el derecho a la intimidad de los consumidores frente a bancos, entidades que adelanten gestiones de cobranza, empresas de servicios públicos, establecimientos comerciales y otras entidades reguladas por laSuperintendencia Financiera y la Superintendencia de Industria y Comercio.
La norma establece que estas entidades sólo podrán contactar a los consumidores mediante los canales que estos autoricen para tal efecto, los cuales deberán ser informados y socializados previamente con el fin de que elijan cuáles autoriza.
Las prácticas de cobranza deberán realizarse de manera respetuosa y sin afectar la intimidad personal ni familiar del consumidor, dentro del horario de lunes a viernes de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche, y los sábados de 8:00 de la mañana hasta las 3:00 de la tarde, excluyendo cualquier tipo de contacto con el consumidor los domingos y días festivos. En ningún caso, las entidades podrán contactar a las referencias personales o de otra índole, o realizar cualquier tipo de visitas a los lugares de domicilio o de trabajo. En el caso de los avalistas, codeudores o deudores solidarios, se le contactará en la misma condición que establece la ley.
La ley también garantiza que ningún banco o entidad financiera que adelante cobranza de deudas podrá preguntar el motivo del incumplimiento de la obligación. Adicionalmente no podrá obligarse al consumidor a aceptar recibir mensajes comerciales de ninguna índole, salvo aquellos asuntos estrictamente relacionados con el bien o servicio adquirido y se deberá habilitar y disponer de un mecanismo ágil, sencillo y eficiente para cancelar en cualquier momento la recepción de mensajes y correos.
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