Una insólita historia que involucra a un famoso supermercado y un empleado injustamente despedido, llegó a los tribunales por cuenta de una fritura que había sobrado.
Un tribunal en España emitió una sentencia que declara improcedente el despido de un trabajador de Mercadona, una de las principales cadenas de supermercados en ese país.
El motivo del despido: comerse una croqueta que iba a ser desechada. Ahora, la empresa deberá readmitir al empleado en su puesto y abonarle una indemnización de 40.000 euros, más de 180 millones de pesos.
Los hechos ocurrieron el 8 de julio de 2023, cuando el supermercado ya había cerrado al público y el trabajador, con 16 años de servicio y un expediente intachable, consumió una croqueta del área de "listos para comer".
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El alimento formaba parte de un blíster destinado a la basura. Dos días después, el empleado informó de manera voluntaria a la coordinadora de la tienda sobre lo sucedido. Ella le recordó que, según las normas de la empresa, está prohibido consumir productos sin pagar, incluso si estos están a punto de ser desechados. Ese mismo día, Mercadona le notificó su despido por falta "muy grave".
Según medios españoles, la compañía argumentó que el empleado había incurrido en "fraude, deslealtad o abuso de confianza" y que comerse el blíster de croquetas completo, valorado en 4,20 euros, constituía un "robo, hurto o malversación".
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Además, invocaron el artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores, que sanciona la "transgresión de la buena fe contractual". Sin embargo, el trabajador sostuvo que solo consumió una croqueta y que nunca ocultó el hecho, destacando su historial de buena conducta y la inexistencia de antecedentes disciplinarios.
El fallo del tribunal fue contundente,
rechazó los argumentos de Mercadona y consideró desproporcionado el despido. Los magistrados enfatizaron que el consumo de una croqueta destinada a ser desechada no puede calificarse como una infracción de tal gravedad que justifique la sanción laboral más severa. Además, se destacó que la supuesta "apropiación indebida" contemplada en el convenio colectivo se refiere a productos en plural, y este incidente fue puntual y excepcional.
El tribunal concluyó que, aunque la acción merecía una sanción, no justificaba el despido disciplinario. La sentencia también subrayó que el producto ya no tenía valor comercial y estaba destinado a la basura, lo que reduce aún más la gravedad del acto.
Mercadona ha decidido no interponer un nuevo recurso y procederá a pagar los 40.000 euros de indemnización al trabajador, además de readmitirlo en su puesto.
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