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Corte Penal Internacional autoriza reabrir investigación por crímenes de lesa humanidad en Venezuela

La decisión se da al considerar que los “procesos penales internos” de Caracas “no reflejan suficientemente el alcance” del caso y hay “periodos de inactividad inexplicables”.

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Presidente de Venezuela, Nicolás Maduro
Foto: AFP

La Corte Penal Internacional (CPI) ha autorizado este martes al fiscal Karim Khan para que reanude su investigación sobre la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela, al considerar que los “procesos penales internos” de Caracas “no reflejan suficientemente el alcance” del caso y hay “periodos de inactividad inexplicables”.

La Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI señaló que el enfoque de las investigaciones internas “parece estar generalmente en perpetradores directos y/o de menor nivel” y consideró que se han “tomado medidas de investigación limitadas y que, en muchos casos, parece haber períodos de inactividad investigativa inexplicable”.

Aunque ve que Venezuela está tomando “algunas medidas de investigación", considera que "sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación” total, sobre todo en lo que respecta a los delitos de persecución y de naturaleza sexual.

Comunicado de la Corte Penal Internacional:

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Hoy, 27 de junio de 2023, la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional (la "CPI" o la "Corte") decidió autorizar al Fiscal de la CPI a reanudar la investigación en relación con la situación en la República Bolivariana de Venezuela I (en adelante “la situación” y “Venezuela”).

La Sala, integrada por los Jueces Péter Kovács, presidente, Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou y María del Socorro Flores Liera, examinó la solicitud de la Fiscalía, las observaciones de las autoridades venezolanas que participaron activamente con la Corte en este proceso, así como 1.875 opiniones y observaciones transmitidas por la Sección para la Participación de las Víctimas y las Reparaciones. La Sala concluyó que, si bien Venezuela está realizando algunas diligencias de investigación, sus procesos penales nacionales no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía. La Sala ha llegado a su conclusión sobre la base de las observaciones y el material recibidos.

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En cuanto a los factores que la Sala consideró determinantes para su conclusión, encontró que Venezuela no parece estar investigando las alegaciones fácticas que subyacen a los elementos contextuales de los crímenes de lesa humanidad, y que las investigaciones nacionales en general parecen centrarse en los perpetradores directos y/o de rango inferior. En su consideración de los factores restantes, la Sala señaló que Venezuela parece haber tomado medidas de investigación limitadas y que en muchos casos parece haber períodos inexplicables de inactividad investigativa. La Sala también señaló que las investigaciones domésticas no parecen abordar suficientemente las formas de criminalidad que la Fiscalía pretende investigar, refiriéndose en particular a la intención discriminatoria que subyace al presunto crimen de persecución y a la aparente insuficiente investigación de los crímenes de naturaleza sexual.

Esta conclusión no impide que Venezuela proporcione material en el futuro para permitir que la Fiscalía o la Sala determinen la inadmisibilidad sobre la base de la complementariedad. Además, cuando la Fiscalía presente un caso concreto, puede tener lugar una nueva evaluación de admisibilidad. La Sala subrayó que la evaluación del estado de los procesos nacionales es un proceso continuo y requiere un diálogo permanente entre el Estado y la Corte, a fin de asegurar el respeto del principio de complementariedad en relación a las investigaciones y los enjuiciamientos autorizados por la Corte.

Decision authorising the resumption of the investigation pursuant to article 18(2) of the Statute

Contexto:

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Venezuela ratificó el Estatuto de Roma el 7 de junio de 2000. El 27 de septiembre de 2018, la Fiscalía recibió una remisión por parte de un grupo de Estados Partes del Estatuto de Roma, a saber, la República Argentina, Canadá, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Paraguay y la República del Perú, en relación con la situación en Venezuela, a partir de 12 de febrero de 2014.

El 3 de noviembre de 2021, la Fiscalía anunció la conclusión de su examen preliminar y la decisión de abrir una investigación.

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Este anuncio de la Fiscalía estuvo acompañado de un Memorándum de Entendimiento entre Venezuela y la Fiscalía para continuar impulsando medios y mecanismos que apoyen y promuevan un proceso nacional genuino en Venezuela, comprometiéndose a establecer mecanismos para fortalecer la cooperación entre las partes a fin de facilitar el cumplimiento del mandato del Fiscal en el territorio de Venezuela.

El 21 de abril de 2022, la Fiscalía notificó a la Sala de Cuestiones Preliminares que había recibido una solicitud de Venezuela de inhibición de las investigaciones de la Fiscalía en favor de las actuaciones emprendidas por las autoridades nacionales de Venezuela, de conformidad con el artículo 18, párr. 2 del Estatuto de Roma.

El 1 de noviembre de 2022, la Fiscalía presentó un pedido ante la Sala de Cuestiones Preliminares I solicitando autorización para reanudar la investigación en esta situación.

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