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Estas son las nuevas señales de tránsito que tendrán multa a partir de abril

Las nuevas señales de tránsito, de no cumplirlas, pueden llegar a tener multas cercanas a los 2 millones, según el Código Nacional de Tránsito.

Conductor en retén con policías de tránsito en Bogotá
Hay varias señales nuevas que pueden tener multas.
Foto: Movilidad Bog

Inició abril y con ello entraron en vigor las más de 80 nuevas señales de tránsito en Colombia que la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y el Ministerio de Transporte implementaron para actualizar el Manual de Señalización Vial.

Varias de las nuevas señales tendrán sanciones económicas para los conductores que no las acaten. como el caso de las señales reglamentarias que deben ser cumplidas obligatoriamente, y su incumplimiento conlleva multas que pueden llegar hasta los $1.811.800.

Cuáles son las nuevas señales de tránsito que tendrán multa


  • SR-18A o Prohibido circulación de vehículos con eje adicional: Restringe el paso de vehículos con remolques o ejes adicionales en ciertos tramos de vía. Si la restricción aplica solo en determinados horarios, se indicará en la señal.

    La multa por circular en una zona restringida es de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), que en 2025 son 604.000 pesos por la UVB.

  • SR-18B o Prohibido circulación de vehículos con mercancías peligrosas: Prohíbe el tránsito de vehículos que transporten materiales peligrosos. Se debe complementar con un aviso que especifique el tipo de mercancía restringida.

    La infracción está asociada al Código Nacional de Tránsito y podría implicar la sanción E14, con una multa de 156,84 Unidades de Valor Básico (UVB), equivalentes a $1.811.800 en 2025.

    Señal de tránsito SR-18B
    Señal de tránsito SR-18B
    Foto: Movilidad y ANSV

  • SR-55 o Longitud máxima permitida: Indica la longitud máxima autorizada para vehículos con su carga, expresada en metros. Debe estar acompañada por la señal preventiva SP-76. Exceder este límite acarrea la infracción D13, con una sanción de 30 SMLDV o alrededor de 1.208.000 pesos en 2025 por la UVB.
  • SR-49 o Prioridad al sentido contrario: Señala que los vehículos que circulan en sentido opuesto tienen prioridad, especialmente en puentes o calzadas angostas. En vías de montaña, puede indicar que la prioridad la tienen los vehículos que suben. Circular en sentido contrario en una vía señalizada con esta norma puede generar una multa dede 1.208.000 pesos en 2025 por la UVB.
  • SR-56 o Zona peatonal: Prohíbe el tránsito de cualquier vehículo motorizado o no motorizado en áreas exclusivamente peatonales. Puede incluir información sobre la temporalidad de la medida. Circular en una zona peatonal conlleva una multa de 604.000 pesos en 2025.
    Nuevas señales de tránsito de restricción
  • SR-58 o Carril exclusivo: Restringe el tránsito en un carril a vehículos particulares, permitiendo solo el uso para transporte masivo, BRT o tranvía. Circular en un carril exclusivo sin autorización también tiene una multa de 15 SMLDV.
  • SR-59 o Distancia mínima con ciclistas: Establece la distancia lateral mínima de seguridad que deben mantener los vehículos motorizados al adelantar ciclistas. Su incumplimiento podría considerarse una maniobra peligrosa (infracción D07), con una multa de aproximadamente 30 SMLDV o $1.208.000 pesos por la UVB en 2025.

Estas señales entraron en vigor desde el pasado 1 de abril, aunque su implementación será progresivamente en el territorio nacional, dependiendo de cada secretaría de Tránsito y su cumplimiento será monitoreado por las autoridades de tránsito.

La ANSV señaló que esta actualización en la señalización busca mejorar la seguridad vial y reducir la siniestralidad en las carreteras colombianas.

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Cabe recordar que también hay otras señales que, aunque informativas, como la SI-35, pueden evitarle al conductor una segura multa al advertirle que hay radares de velocidad a cierta distancia para que recuerde regular la velocidad.

Nuevas señales de tránsito SI-35
Nueva señal de tránsito SI-35 o de detección electrónica
Foto: ANSV

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