En Colombia, la licencia de conducción es el documento fundamental para aquellos que desean circular por las vías del país, pero su vigencia puede estar en riesgo si se incurre en ciertas infracciones, por lo que muchos se preguntan: ¿con cuántos comparendos suspenden la licencia?
Según el Código Nacional de Tránsito, que es la legislación que enmarca en el país las normas al respecto de este tema, existen diversas causales que pueden llevar a la suspensión o cancelación de la licencia de conducción.
El artículo 26 del Código Nacional de Tránsito establece las causales de suspensión y cancelación de la licencia de conducción, tema que preocupa a muchos conductores que han sido multados y desconocen la normatividad.
Suspensión de la licencia de conducción
Publicidad
La legislación afirma que entre las causales de suspensión se encuentra, en primer lugar, la imposibilidad transitoria física o mental para conducir, respaldada por un certificado médico, medida que puede ser impuesta por las autoridades de tránsito.
Asimismo, la suspensión de una licencia de conducción también puede ser consecuencia de decisiones judiciales, encontrarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas según la autoridad competente, o reincidir en la violación de la misma norma de tránsito en un período no superior a un año.
Publicidad
En el caso específico de la reincidencia, si un conductor comete la misma infracción de tránsito en un lapso de un año, la suspensión de la licencia será por seis meses. Es decir, se toma en cuenta la reiteración de la conducta infractora para determinar la duración de la sanción.
Cancelación de la licencia de conducción
Por otro lado, la cancelación de la licencia de conducción puede ser el resultado de:
- Imposibilidad permanente física o mental para conducir, avalada por un certificado médico.
- Decisiones judiciales.
- Muerte del titular.
- Reincidencia al conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por la autoridad competente.
- Reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.
Es importante destacar que la reincidencia se castiga con mayor rigor. El artículo 124 del mismo código establece que en caso de reincidencia, la licencia de conducción se suspenderá por un término de seis meses.
Por lo que, en caso de una nueva reincidencia, la sanción se duplicará. Se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un período de seis meses.
Publicidad
La suspensión o cancelación de la licencia de conducción implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tránsito competente durante el período de la suspensión o a partir de la cancelación.
Es importante mencionar que la suspensión de la licencia de conducción opera sin perjuicio de la interposición de recursos en la actuación.
Publicidad
En resumen, la cantidad de comparendos que pueden llevar a la suspensión de la licencia de conducción en Colombia depende de diversos factores, incluyendo la reincidencia en la violación de las normas de tránsito.
Le puede interesar: