En Colombia, atropellar a un animal y dejarlo abandonado puede traer consecuencias legales graves, incluyendo sanciones económicas y penas de cárcel, debido a que se considera un acto de maltrato animal. La Ley 1774 de 2016 establece protecciones para los animales, y los actos que vulneren su bienestar son tratados con la debida seriedad.
¿Qué pasa si abandono un animal que atropellé?
El maltrato animal
está tipificado como delito en la Ley 1774 de 2016, normativa que protege a los animales y establece que cualquier acto que cause daño a su vida o integridad física y emocional puede llevar a penas de cárcel y sanciones económicas.
En caso de que un animal sufra lesiones graves o muera debido a un accidente de tránsito y el responsable no preste asistencia, se aplican las siguientes sanciones:
- Pena de prisión: entre 12 y 36 meses.
- Multa económica: entre 5 y 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV).
- Inhabilidad: entre 1 y 3 años para ejercer profesiones, oficios o actividades relacionadas con animales.
Estas penas pueden agravarse si el maltrato se lleva a cabo con ciertas circunstancias adicionales:
- Sevicia: si el acto se realiza con crueldad o tortura hacia el animal.
- Si el maltrato ocurre en vías o sitios públicos.
- Si se utilizan menores de edad para llevar a cabo el maltrato o si el acto ocurre frente a ellos.
- Si el maltrato tiene un componente sexual.
- Si el delito es cometido por un servidor público o alguien que ejerza funciones públicas.
En estos casos, las penas de prisión pueden aumentar entre la mitad y las tres cuartas partes del castigo original, y también puede disponerse el decomiso del animal, así como los gastos asociados para garantizar su protección.
Qué hacer si atropello a un animal
Ante un accidente que involucre un animal, es fundamental identificar si se trata de una mascota, un animal callejero o uno silvestre. En el caso de una mascota, se debe buscar al dueño para informarle de la situación. Si no es posible, es recomendable acudir a una veterinaria cercana para que el animal reciba atención médica de urgencia.
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Cuando el animal es silvestre, como una zarigüeya, tortuga o ave, es necesario dar aviso a la Corporación Autónoma Regional (CAR), que es la entidad encargada de manejar estos casos y garantizar el cuidado de las especies de fauna silvestre.
En accidentes que involucren animales de fincas o empresas ganaderas, como vacas o caballos, se debe notificar a las autoridades y al propietario del animal, ya que este último es responsable de garantizar que sus animales no interfieran en las vías públicas.
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Denunciar animal atropellado
Cuando una persona atropella un animal, ya sea doméstico, silvestre o de otro tipo, debe prestar asistencia inmediata. El Instituto de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) de Bogotá recomienda que si se es testigo de un accidente que involucre a un animal, se reporte de inmediato a la línea de emergencia 123, detallando la situación.
Si el animal es callejero o no tiene dueño identificado y su vida está en riesgo, el IDPYBA ofrece un servicio de urgencias veterinarias para atender estos casos.
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En situaciones donde el accidente se comete con dolo, es decir, de manera intencional o si la persona huye sin prestar ayuda al animal, esto puede ser denunciado a través de líneas de atención específicas, como el número celular 122, la línea gratuita nacional 018000 91 97 48, o la línea 5702000 (opción 7) en Bogotá.
Además, la Fiscalía General de la Nación, junto con la Policía Nacional, cuentan con la plataforma ADenunciar para recibir denuncias relacionadas con este tipo de hechos.
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