El alto tribunal tumbó el fallo del Tribunal administrativo de Cundinamarca que le ordenaba al presidente de la República, Gustavo Petro, pagar cinco salarios mínimos mensuales vigentes como multa por las demoras en nombrar en propiedad a los 6 comisionados expertos de la CREG.
Según el fallo, para el nombramiento de la totalidad de los seis expertos comisionados no se impuso un término, y la la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República ha informado que se continúa con el procedimiento para nombrar a los restantes expertos.
En ese sentido, la Sala consideró que la totalidad de expertos deben estar nombrados en un término razonable lo cual se está haciendo tal y como se informó.
Por lo tanto no no encuentra razones para confirmar la sanción impuesta, pues los trámites que se han adelantado han sido eficaces, necesarios, prioritarios y útiles lo que denota el interés, diligencia e importancia debida para obedecer la orden judicial, luego de ejecutoriada la decisión de segunda instancia.
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“Revocar la providencia de 2 de octubre de 2024, dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, que sancionó por desacato al señor presidente de la república”, señala la decisión.
Por último, el alto tribunal afirma que es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes la encargada de ello.
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