La Corte Constitucional ordenó a la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá que en máximo un mes resuelva la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso.
Para el alto tribunal no se dio amparo al debido proceso por parte del Tribunal Superior de Bogotá, en respuesta a una tutela que interpuso el exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia, pidiendo quedar en libertad.
La explicación del porqué no se habrían respetado las garantías procesales de Mancuso arrancó con una consideración del alto tribunal sobre el tiempo de más que estuvo detenido por el tribunal de Justicia y Paz.
Esa decisión se tomó en el proceso que Salvatore Mancuso lleva por lavado de activos y el cual se le impuso una medida de aseguramiento hace nueve años, tiempo que argumentan se excede el tiempo de la condena.
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“En la que se formuló imputación en contra del procesado hace 9 años como impedimento para dar por el acreditado el numeral 5 del artículo 18, implicaría que la medida de aseguramiento impuesta a una persona sometida a un proceso penal, perdure de manera indefinida”, detalla la Corte Constitucional.
Con la decisión, el alto tribunal aclaró que no se concedió la libertad al exjefe de las AUC sino que se otorgó una revisión y si se toma alguna decisión, se debe verificar si existe algún otro requerimiento de otra autoridad contra Mancuso.
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