El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Ministerio de Salud que la forma de las etiquetas de los alimentos ultraprocesados debe ser octagonal, el fondo debe ser negro, la letra debe ser color blanco, en mayúscula, y el texto debe informarle al consumidor sobre los riesgos de estos alimentos.
El fallo dice que se deberá hacer énfasis en la palabra exceso. En la resolución 810 del 2021, la advertencia estaba en una figura circular y se anunciaba que el producto era “alto” en ciertas sustancias que podían afectar la salud humana. Este cambio se hace con el fin de que el consumidor pueda dimensionar el riesgo de este tipo de alimentos.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió este fallo porque la Corporación Colombiana de Padres y Madres (RedPapaz) interpuso una demanda contra el Ministerio de Salud, la Superintendencia de Industria y Comercio, el Departamento Administrativo de la Presidencia y otras entidades públicas y privadas, señalando que no se tuvieron en cuenta las recomendaciones ni los estudios científicos sobre el tema de estos alimentos; en este punto, se pidió tener en cuenta las conclusiones a las que llegó el estudio realizado sobre la Universidad de Antioquia frente al etiquetado de alimentos ultraprocesados.
El tribunal también ordenó la conformación de un Comité de Verificación de Cumplimiento, conformado por el magistrado que emitió el fallo, Luis Manuel Lasso, la ministra de Salud, Carolina Corcho, el agente del Ministerio Público y los representantes legales de Red Papaz y de la Asociación Colombiana de Educación al Consumidor (Educar Consumidores) y de Fian Colombia, para seguir al pie de la letra las indicaciones ordenadas.
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