Según un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, cuando un condenado ha cumplido el total de su pena, deben eliminarse todos los registros de su nombre, también de la plataforma de la rama judicial e incluso el pasado judicial desaparece.
En el el alto tribunal quedó fijado un precedente judicial que le garantiza el derecho al anonimato judicial al cumplir con una condena.
En este caso las empresas que contraten y exigían en su documentación el pasado judicial del aspirante al cargo, no podrán ver los antecedentes si esa persona ya cumplió con su pena.
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Este principio se da debido a que se guarda el derecho a la anonimización del condenado que ha quedado en libertad, este término tiene como finalidad, eliminar, reducir al mínimo y evitar la identificación de las personas.
La decisión la tomó luego de fallar un caso en el que el demandante exigía este derecho, pero sin haber cumplido el total de la pena, por lo que a pesar de que no le dio la razón al demandante, la Corte Suprema precisó que “cuando un condenado ha cumplido su pena, deben eliminarse todos los registros de su nombre incluso el la plataforma de la rama judicial”.
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