En sentencia de única instancia, el Tribunal Administrativo de Santander declaró no ajustado a derecho el decreto 121 del 8 de abril de 2020 expedido por la Alcaldía de Bucaramanga con el cual se exoneró de manera transitoria del pago de la estampilla proanciano a los contratistas.
La decisión obedeció a una demanda por control de legalidad del acto administrativo, interpuesta por el abogado y exconcejal, Pedro Nilson Amaya.
“Incurrió en una ilegalidad al quitar el recaudo de la estampilla proanciano destinado para los adultos mayores y ancianatos de la ciudad. Es una falta que tiene que compensarla las personas que autorizaron el acto administrativo, deben responder por esos recursos que se dejaron de percibir”, manifestó Amaya.
Según el Tribunal Administrativo de Santander, el Decreto Legislativo 461 de 2020 autorizó a los gobernadores y alcaldes a reducir impuestos y no tasas, naturaleza tributaria que tienen las estampillas.
Publicidad
La sentencia del D.121/20 determinó
— Pedro Nilson Amaya (@Pedronilson_a) May 21, 2020
1.Falta de competencia
2. No establecer fuente sustitutiva
3.impuso carga desproporcionada a los ancianos quienes por su doble
condición de protección están en el último lugar de quienes deben hacer sacrificios para afrontar cargas estatales pic.twitter.com/G21CNsiqFx
“Una razón para declarar no ajustado a derecho el decreto 121 de 2020 es que la estampilla para el bienestar del adulto mayor no es un impuesto, qué pensara el alcalde que insistía en que sí era legal la exoneración”, señaló el exconcejal.
Publicidad
El exconcejal Amaya Martínez ahora espera una solicitud que hizo a la Alcaldía de Bucaramanga sobre los contratos que se firmaron a partir del decreto, y cuánto fue el valor que se dejó de percibir por el no cobro de la estampilla proanciano.