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¿Reaparece 'fantasma' de expropiación? Decreto de MinAgricultura enciende alarmas

El abogado constitucionalista Guillermo Forero alertó que un artículo del Plan Nacional de Desarrollo eliminó de un “plumazo” la fase judicial.

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Tierras en Colombia
JOAQUIN SARMIENTO/AFP

El artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Petro fue demandado porque “suprimió de un solo plumazo la fase judicial en los procedimientos agrarios como la extinción de dominio y eliminar esta etapa viola la Convención Americana de Derechos Humanos”, dijo el abogado constitucionalista Guillermo Forero a Blu Radio.

Para el constitucionalista, en ese artículo del PND “les cortaron la cabeza a los jueces” y le dieron lo que sería facultades extraordinarias a funcionarios de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) frente al procedimiento de los procedimientos agrarios como la extinción de dominio.

Asimismo, el jurista cree que el “presidente no sabe el ‘mico’ que metieron porque va en contra de la Cidh y el sustrato filosófico del propio presidente”.

La demanda llegó hasta la Corte Constitucional para someter dicho artículo a la sala plena con el fin de que suspenda provisionalmente hasta que se tome una decisión de fondo frente a la constitucionalidad de la norma.

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El documento también alerta que el artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno actual es una “vulneración al principio de progresividad y la regla de no regresividad frente a los avances del derecho fundamental”.

“Se evidencia el capricho irrazonable de suprimir la fase judicial para concentrar la función de juez y parte en la Agencia Nacional de Tierras, lo que repugna un Estado social de derecho”, dice el documento.

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