Francisco Javier Zuluaga, alias ‘Gordo Lindo’, fue dejado en libertad este martes, 29 de noviembre, por tiempo cumplido. El exjefe paramilitar fue extraditado a Estados Unidos en 2008 y, posteriormente, recapturado en Colombia; estaba recluido en la cárcel La Picota en Bogotá.
“No fue por un habeas corpus. Iniciamos el trámite de libertad desde el día viernes, un requerimiento de Interpol llegó hasta el sábado confirmando un paz y salvo y hasta el lunes recibimos otro paz y salvo para el Tribunal de Justicia y Paz”, explicó a Blu Radio el dragoneante Horacio Bustamante, director de la cárcel La Picota de Bogotá.
En ese paz y salvo, que llegó a La Picota el lunes, explica el director, alias ‘Gordo Lindo’ tenía un requerimiento por narcotráfico y lavado de activos. Sin embargo, “llegó el paz y salvo por lavado de activos”, por lo que tuvieron que “escribir nuevamente al juzgado para que explicara si también en ese radicado estaba narcotráfico y, efectivamente, un juzgado de Cali dijo que no es requerido por ello”, por lo cual quedó en libertad.
Cabe recordar que el exjefe paramilitar estuvo recluido en el ya mencionado penal por un proceso de lavado de activos y enriquecimiento ilícito, relacionado con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
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El abogado Antonio Güette, defensa de ‘Gordo Lindo’, explicó que fue el juez quinto de ejecución de penas de Bogotá quien resolvió conceder su libertad por pena cumplida.
“Se le están restableciendo sus derechos después de haber estado purgando una condena por más de 13 años por narcotráfico en Estados Unidos, Francisco Javier regresó a Colombia a finales del 2018 donde cumplió una pena de cuatro años más por ese delito”, sostuvo Güette.
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Según el auto proferido por el juzgado quinto de ejecución de penas, alias ‘Gordo Lindo’ estuvo "privado de la libertad en las presentes diligencias desde el 30 de abril de 2018 hasta la fecha, lo que indica que ha descontado físicamente de la pena que se le impusiera 54 meses y 23 días de prisión, más las redenciones reconocidas por 15 meses y 17 días con la que se reconoce en el presente auto, con lo que cumple la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia de 66 meses y 18 días debiendo en consecuencia pronunciarse el despacho respecto de la libertad por pena cumplida”.
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