En la noche del pasado 8 de septiembre, el exsenadorArturo Char fue llevado a la cárcel La Picota de Bogotá por presuntos delitos de concierto para delinquir y corrupción de sufragante agravados.
La medida de aseguramiento preventiva intramural la dictó la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. No obstante, continúa la investigación por compra de votos en el Atlántico en el año 2018 por la ampliación de indagatoria que pidió la defensa de Arturo Char .
En este proceso se le comunicará al indagado, en este caso, el excongresista, las razones por las cuales ha sido citado a declarar personalmente, para que este, en forma libre y voluntaria, rinda las explicaciones relativas a su defensa, suministrando informaciones respecto de los hechos.
Una vez se haga este proceso, La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema tendrá que responder al recurso de reposición si lo pide la defensa con la cual se busca que la misma corte evalúe si hay inconsistencias presentadas en el acto administrativo, con el fin de que el mismo sea revocado o reformado de acuerdo con los argumentos presentados.
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Se pueden presentar dos escenarios, que se pida la nulidad de la medida de aseguramiento o una solicitud de cambio de medida por una detención domiciliaria. Cuando se resuelva el recurso de reposición, en el sentido que sea, queda en firme la resolución de la situación jurídica (Ley 600/00).
Finalmente, el exsenador Char deberá someterse a la etapa de instrucción, fase preparatoria del juicio oral que tiene por objeto dar base a la acusación. En este punto se presentan las pruebas de La Sala y las que solicite la defensa.
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