La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional declarar inexequible el artículo que exige a las mujeres cotizar 1.150 semanas para acceder a una pensión de vejez, porque la norma “desconoce el principio de igualdad material, omite la protección de las personas en situación de debilidad manifiesta y la reglamentación que pretende combatir la desigualdad histórica de género”.
El Ministerio Público advirtió que no es consecuente que a las mujeres se les exija el mismo tiempo de cotización de los hombres sin perspectiva de género para lograr la pensión mínima de vejez en el régimen de ahorro individual.
Para el ente de control “el sistema actual un hombre debe aportar 26,1 semanas por año, mientras que una mujer debe cotizar 29,4, por lo que la medida de reducción de la edad pierde su eficacia en un gran número de casos, cuando ellas no logran la cantidad exigida en la ley”.
Dentro del concepto de la Procuraduría, a la Corte se solicitó disponer una solución similar a la adoptada para el régimen de prima media, alrededor de ordenar la disminución progresiva del requisito de aportes hasta 1.000 semanas de cotización, para asegurar los derechos de las mujeres afiliadas al régimen de ahorro individual.
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