Mediante oficio dirigido a la presidenta de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), Carolina Jackeline Barbanti Mansilla, la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 1 para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública emitió observaciones al contrato de prestación de servicios profesionales No VE-629-2023, celebrado entre la ANI y la Sociedad Colombiana de Ingenieros.
El objeto de dicho contrato es prestar servicios en calidad de consultor del Gobierno nacional, brindando asesoría técnica a la Agencia Nacional de Infraestructura en el análisis de políticas, programas, proyectos y estudios de preinversión en el marco de la planeación, coordinación, estructuración, contratación, ejecución, administración y evaluación de proyectos ferroviarios de pasajeros, carga y/o mixtos. Esto implica emitir conceptos, pronunciamientos y documentos de lineamientos técnicos que permitan la evaluación multicriterio de los mismos. El valor del contrato es de $8.375.000.000.
Las observaciones planteadas por la Procuraduría se traducen en una serie de interrogantes que surgieron tras analizar los estudios previos que fundamentaron este contrato. En este sentido, el Ministerio Público cuestiona en primer lugar por qué, a pesar de que el contrato VE-629-2023 contempla elementos esenciales de un contrato de consultoría, se optó por celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales a través de la modalidad de selección de contratación directa.
Por otro lado, la Procuraduría cuestiona qué norma y bajo qué fundamentos de competencia la entidad contratante tomará decisiones respecto a la "planeación, coordinación, estructuración, contratación, ejecución, administración y evaluación de los proyectos ferroviarios" en los que la ANI no actúa ni como contratante ni como contratista. Además, en relación a proyectos específicos como la primera línea del Metro de Bogotá y el Regiotram de Occidente, se pregunta cómo se obtendrán insumos técnicos y rutas metodológicas para la evaluación multicriterio, así como para la presentación de resultados y alternativas técnicas, considerando que la ANI no es parte de los contratos mencionados.
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La Procuraduría, en su papel de guardiana de la moralidad pública, solicita a la ANI que aclare los productos del contrato VE-629-2023 celebrado con la Sociedad Colombiana de Ingenieros, con un presupuesto oficial de $8.375.000.000, en caso de que ni las entidades territoriales contratantes ni sus contratistas lleven a cabo las actividades pretendidas en el alcance del objeto VE-629-2023.
Finalmente, la Procuraduría establece una serie de observaciones en cuanto a la competencia para la satisfacción del objeto del contrato y solicita información detallada para comprender el fundamento jurídico o jurisprudencial en el que se basa la ANI para administrar corredores de la red Ferrea Nacional y tramos subterráneos del Metro de Bogotá.
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Es importante recordar que la actuación realizada por la Procuraduría tiene un carácter preventivo, funcionando como un mecanismo para anticiparse a la ocurrencia de hechos que puedan vulnerar los derechos de las personas o amenazar el adecuado ejercicio de la función pública, contribuyendo al mejoramiento de la gestión y la política pública.
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