Encontró que la Unidad Nacional de Protección no tiene un mecanismo para identificar las solicitudes de protección que presentan los miembros de organizaciones en oposición, en razón al riesgo que les genera su actividad. Se evidenció también que la Fiscalía no ha priorizado las investigaciones que debe adelantar por la comisión de delitos contra quienes ejercen la oposición.
En cuanto a la Cámara de Representantes , se tiene que persiste el incumplimiento de incluir mujeres declaradas en independencia en la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.
Frente al nivel territorial, la Procuraduría destacó que la normativa vigente limita el acceso a los derechos de intervención en la instalación de cuerpos colegiados y a la participación en sus mesas directivas, dado que no permite que, para la fecha de instalación de estas corporaciones, las organizaciones políticas con personería jurídica cuenten con declaratorias políticas oficiales reconocidas por el CNE .
Esto ha derivado en que no sea de obligatorio cumplimiento por parte de las corporaciones garantizar el acceso a estos derechos, sino que se ha convertido en un tema potestativo de la mesa directiva, generalmente presidida por una organización de Gobierno.
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La Procuraduría ha reiterado las recomendaciones a las entidades encargadas de cumplir con el estatuto de la oposición, para que en el marco de sus competencias asuman el compromiso que demanda este compromiso derivado del acuerdo de paz.