El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el Decreto 133 de 2021, por medio del cual el Presidente de la República, Iván Duque , designó el 5 de febrero de 2021 a Víctor Manuel Muñoz Rodríguez como director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), por violación de la ley de cuota de mujeres.
La decisión obliga al mandatario a reemplazar a Muñoz en su cargo por una mujer, para dar cumplimiento al fallo, el cual quedaría en firme si no se interpone el recurso de apelación ante el Consejo de Estado en los siguientes tres días a su notificación.
“Ha quedado plenamente demostrado que el Presidente de la República, al proferir el acto administrativo demandado –Decreto 133 de 5 de febrero de 2021– infringió el ordenamiento jurídico, pues desconoció lo dispuesto en los artículos 1.°, 2.° y 4.° de la Ley 581 de 2000, al no contar, en los departamentos administrativos, con la participación de, al menos, el 30 % de mujeres, que se lograba con un mínimo de dos mujeres directoras de departamentos administrativos”, señala el fallo.
De acuerdo con la demanda, el incumplimiento de la Ley de cuotas o Ley 581 de 2000 ocurre cuando Gloria Alonso Másmela deja el cargo de directora del DNP, entonces la participación de mujeres en el gabinete se redujo a un 16,6 %, pues había una mujer directora de un total de seis cargos. Con la dejación de cargo de Gloria Alonso Másmela, automáticamente surgía el deber legal de aumentar la participación de las mujeres y alcanzar el mínimo requerido.
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“Para ello, el Presidente contó con tres vacantes disponibles (Luis Alberto Rodríguez en el DNP, seguido por el de Diego Andrés Molano Aponte y Víctor Manuel Muñoz Rodríguez en el DAPRE); sin embargo, no nombró a ninguna mujer en los cargos”, señala la demanda.
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El Tribunal señala que, tal como lo determina la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, sí hubo incumplimiento por parte del Gobierno.
“Es válida la alegación de los actores en cuanto a que deben ser dos las directoras de departamentos administrativos para cumplir la cuota mínima legal de mujeres en esta categoría de cargos de alto nivel decisorio, puesto que el 30 % de un total de seis departamentos administrativos , equivale a 1.8 que, por este decimal, se aproxima al número entero siguiente, que, en este caso concreto, es 2”, indica el fallo.
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