El Consejo de Estado tumbó nuevamente la designación de Omar Prias como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg , esto, tras una tutela interpuesta por el Ministerio de Minas y Energía donde pedía revocar la sentencia de nulidad, el alto tribunal reiteró que Omar Prias no cumple con los requisitos para el cargo.
Este fallo surge como respuesta a una demanda presentada por Germán Lozano Villegas, quien argumentó que Omar Prias no cumplía con los requisitos legales para ocupar dicho cargo.
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Según la demanda, el decreto 1884, de noviembre de 2023, por el cual se nombró a Prias Caicedo, es nulo debido a que el funcionario no acreditaba experiencia específica en el sector energético, ni cumplía con las condiciones de haber ocupado cargos de responsabilidad por al menos seis años en dicho ámbito, como lo exige la ley 143 de 1994.
“En la comisión de expertos de la Creg frente a un sector económico-servicio público domiciliario de altísima importancia nacional y respecto del cual es posible predicar un grado de especialidad y tecnicidad, se requiere, entonces, que las personas que la integran tengan las calidades que se acompasen con dichas características, las cuales se materializan en la tríada de especificidades antes descritas: una serie de profesiones determinadas, una experiencia calificada en el área energética y las vinculaciones con el sector, todos ellos de forma concurrentes”, dice la decisión.
Luego de que el Ministerio de Minas y Energía interpusiera una tutela, Prias había regresado al cargo. Sin embargo, con este nuevo fallo se reitera que él no cuenta con la experiencia técnica requerida para el cargo.
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