La Corte Suprema de Justicia determinó que la investigación por el homicidio del joven Dilan Cruz deberá seguir en el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y no por la Fiscalía , como lo solicitó a través de una tutela la familia del manifestante, que murió en las marchas de noviembre de 2019.
En el fallo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que la extinta Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura no violó los derechos fundamentales de la familia del joven Dilan Cruz al enviar la investigación a la Justicia Penal Militar para que se indague la conducta presuntamente irregular del capitán Manuel Cubillos al haber disparado contra Cruz y es en ese escenario donde se deben debatir las pruebas.
La familia de Dilan Cruz pidió a la Corte amparar sus derechos porque consideran que no habría imparcialidad en el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar.
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Sin embargo, el alto tribunal considera que “la providencia por medio de la cual se dirimió el conflicto positivo de jurisdicciones propuesto por el Juzgado 189 de Instrucción Militar, que le asignó a esa jurisdicción la competencia para investigar al capitán Manuel Cubillos Rodríguez, no constituyó una actuación irregular”.
Esta es la sentencia de la Corte Suprema de Justicia:
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