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Los argumentos de la Corte para encarcelar al senador Eduardo Pulgar por escándalo de corrupción

El contexto del proceso es una disputa entre primos por el control de la Universidad Metropolitana, en el que se enfrentan Jorge Luis Hernández y Alberto Enrique Acosta y en el que terminó involucrado Pulgar.

Eduardo Pulgar
Eduardo Pulgar
Foto: Facebook Eduardo Pulgar

Según la Corte Suprema de Justicia, el senador Eduardo Pulgar , del Partido de la U, trató de beneficiar en esa disputa judicial a su amigo Jorge Luis Hernández intentando, supuestamente, sobornar al juez de Usiacurí, Atlántico, que llevaba el proceso.

A pesar de que la defensa del senador Pulgar alegaba la ilegalidad de las grabaciones, el alto tribunal le dio credibilidad a lo que aportó el propio juez Andrés Rodríguez Caez, víctima del supuesto ofrecimiento ilegal.

La corte dice que el funcionario Rodríguez Caez, autor de la grabación, tenía motivos fundados “que echa de menos la defensa del senador” para inferir que sería objeto de una propuesta delictiva, por lo tanto, esto lo habilitaba para efectuar la grabación.

Se trata de dos grabaciones de momentos o reuniones distintas. La primera en la residencia del senador Pulgar en Barranquilla, en la cual el alcalde del municipio de Usiacurí habría invitado al juez Rodríguez diciéndole que le iba a presentar a su “jefe político”. La segunda, se realizó en la oficina deDavid Name , también en Barranquilla, y tuvo como protagonistas a: Name, quien fungió como mediador, el entonces juez Rodríguez Caez, y Luis Fernando Acosta.

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El juez fue invitado a la reunión cuando ya se le había asignado la audiencia sobre la disputa de la universidad.

En ese contexto, ante esa invitación proveniente de una persona que no tenía amistad, sino una cordial relación, aunado a la circunstancia de haberle sido radicada para la época la audiencia preliminar que involucraba personas de reconocimiento social en el Atlántico, además accidentada para su instalación desde sus inicios, las suspicacias que determinaron su actuar y exteriorizó en la declaración, de ningún modo carecen de fundamento. Ello tanto es así que, en efecto, durante esa reunión le fue efectuado el ilícito ofrecimiento dinerarios a cambio de favorecer a una de las partes en esa diligencia judicial
dice el documento en el que la Corte dicta la medida de aseguramiento.

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Incluso, dice la corte que no son grabaciones ilegales porque son propias.

“Es decir, realizada por uno de los intervinientes. De igual modo, que su recaudo lo efectuó, concretamente, quien por la condición de víctima estaba legitimando para realizar dicha acción, de manera que ese proceder de ningún modo implicó una intromisión indebida en el derecho fundamental a la intimidad”, añade.

La corte también argumenta que no acepta la aseveración de que la grabación efectuada por Rodríguez en el domicilio del aforado Pulgar haya comportado una intromisión atentatoria de tal derecho de arraigo constitucional porque este fue invitado.

Por estos argumentos, la sala niega la exclusión probatoria solicitada por la defensa del senador y tampoco accede a la preclusión extraordinaria.

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Desde este miércoles, el senador Pulgar deberá permanecer en la cárcel La Picota, de Bogotá, como presunto responsable de los delitos de cohecho, tráfico de influencias o violación de los topes o límites de gastos de campañas electorales.

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