El juez que ordenó el requisito de prueba PCR negativa y cuarentena de 14 días para los viajeros accedió a la modulación de su fallo, pero dejó en firme la exigencia de la prueba PCR con resultado negativo para cada una de las personas que ingresen al país por vía aérea.
Sin embargo, suprimió la medida de cuarentena o aislamiento preventivo por 14 días en el lugar de vivienda o lugar de estadía para los viajeros.
El juez adicionó una medida que asegura que los viajeros que no presenten la prueba requerida deberán realizar un asilamiento preventivo, practicarse la prueba y seguir las medidas que les sean indicadas hasta que se determine su condición de acuerdo con los resultados.
Esta decisión deberá regularse por parte delMinisterio de Salud únicamente para aquellos casos en que se dificulte para los viajeros tomarse la prueba PCR y obtener los resultados en tiempos estipulados para su ingreso o retorno a territorio colombiano.
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Cabe recordar que el Gobierno desacató el primer fallo "por la imposibilidad de su cumplimiento".