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Juez rechaza preacuerdo de Carlos Mattos por incorrecta dosificación de la pena y la multa

El juez dice que la pena y la multa que tasó el delegado del ente acusador es muy baja y no entiende la postura jurisprudencial.

Traslado de Carlos Mattos
Traslado de Carlos Mattos
Foto: Suministrada

El juzgado 30 de conocimiento de Bogotá rechazó el preacuerdo que la Fiscalía había firmado con el empresario Carlos Mattos, en el que le fijaban una pena de 56 meses de prisión, una multa de 93 millones de pesos y una inhabilidad para ocupar cargos públicos de 53 meses.

Además, en el documento se comprometía a entregar un millón de dólares a la Fiscalía. Para el juez, el delegado del ente acusador, Álvaro Betancurt, no supo tasar ni la pena ni la multa. Ninguna de las partes presentó recurso de apelación, es decir, o estructurarán otro preacuerdo o se reiniciará el juicio contra Mattos.

Incluso, reprochó el juzgado, a pesar de que Mattos aceptaba su responsabilidad en los delitos de utilización ilícita de redes de comunicaciones, acceso abusivo a un sistema informático, daño en sistema informático y dos cohechos por dar u ofrecer en calidad de autor y determinador, no se realizó un incremento de la pena impuesta frente al delito de cohecho por dar u ofrecer, lo cual, dijo, le generaba un doble beneficio.

“La fiscalía estimó que la pena impuesta para el delito base acceso abusivo un sistema informático agravado debe aumentarse 3 meses más por el delito de daño informático agravado, tres meses más por el delito utilización ilícita de redes de comunicaciones, dos meses más por el delito de cohecho por dar u ofrecer en relación a la entrega de dineros al juez Dagoberto Rodríguez y dos meses por el cohecho a Reinaldo Huertas. La dosificación compromete la legalidad pues pese a indicar que Carlos Mattos aceptaba la totalidad de los cargos de la acusación al momento de la dosificación no se realizó ningún incremento frente a la conducta punible de cohecho por dar u ofrecer que a título de determinador fuera atribuida al procesado pues se insiste, genera un doble beneficio”, dijo.

El juez consideró que la Fiscalía no tuvo en cuenta la gravedad que significa ofrecer y pagar un soborno a un juez de la república y a un oficial mayor de un juzgado civil, para adoptar una decisión que beneficiara los intereses del procesado.

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“Eran actos que solo representarían, en materia punitiva, 4 meses de prisión adicionales”, añadió.

Además, dijo que la dosificación del monto de la multa tampoco fue ajustada a la ley. Sobre este punto explicó que se seleccionó incorrectamente el delito base para empezar a hacer el cálculo.

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