En un fallo de 17 páginas, el juzgado 45 penal municipal con función de conocimiento en Medellín le dio la razón, en primera instancia, a una mujer que entuteló a la Alcaldía por “sentir vulnerados sus derechos fundamentales al Habeas Data, la intimidad, la libertad y el trabajo”.
Según la tutela, la accionante trabaja en una empresa que ya está autorizada para reanudar labores, pero en la capital antioqueña debe estar registrada en la plataforma ‘Medellín Me Cuida’ para poder salir a trabajar.
En dicha plataforma, además de datos personales como: nombre, dirección, cédula, teléfono celular y profesión,los ciudadanos deben dejar información sobre su estado de salud.
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De esos datos, la denunciante asegura que “no son necesarios para ella poder volver a trabajar y no está dispuesta a suministrarla, porque es información que en el pasado ha suministrado desescadenando una serie de ofertas y servicios que no desea recibir”.
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Según la tutela, la mujer “considera que la plataforma ‘Medellín Me Cuida’ la está obligando a suministrar datos que son sensibles a efectos de comenzar a trabajar, por lo que considera violados sus derechos”
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Y el juez le dio la razón. Consideró que “pese a la magnitud del problema (pandemia) al cual nos enfrentamos actualmente debemos mantener incólume el respeto por los derechos y garantías de los ciudadanos”
“Este despacho debe precisarse que no se está haciendo claridad a los ciudadanos para qué se usarán sus datos (…) esa finalidad no se encuentra suficientemente justificada en términos de gestión o mitigar los efectos producidos por el virus”, dijo el juez.
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El juez también aseguró que la gente desconoce la razón por la que se solicitan datos tan personales y no hay claridad sobre las finalidades de la recepción de cada uno de los datos que son requeridos, siendo un derecho fundamental de los ciudadanos: conocer el uso que se le dará a sus datos.
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Por eso, con este fallo, el juez le ordenó a la Alcaldía de Medellín que en 48 horas permita a la ciudadana registrarse en ‘Medellín Me Cuida’.
“Suministrando únicamente los datos de identificación personal y laboral necesarios, así como aquellos que atañen a su condición médica, pues estos guardan relación directa con la finalidad de mitigar la pandemia”, dijo el juez.
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