El 18 de febrero de 2022, Dairo Antonio Úsuga, alias 'Otoniel', presentó solicitud de sometimiento ante la JEP en calidad de tercero, por hechos cometidos entre su desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en el 2006 y su reconocimiento público como comandante del Clan del Golfo en el 2009.
Sin embargo, la solicitud fue rechazada ya que se consideró que él no había sido un tercero en el conflicto, sino un comandante de grupos paramilitares, que no pueden ser juzgados en la JEP.
No obstante, su defensa trató que la JEP reconsidere su decisión y que lo llamara a una audiencia para que aportara verdad sobre el conflicto, pidiendo, además, la nulidad del auto con el cual se determinó que 'Otoniel' no iba a ser aceptado, pero también se solicitó una garantía de no extradición, pretensión que también fue negada y es por eso que Úsuga fue enviado a Estados Unidos, donde responde por delitos relacionados al narcotráfico.
"El interesado se sometió a la Jurisdicción Especial en calidad de tercero civil, argumentando que, después de su desmovilización de las AUC en el 2006, había colaborado a miembros del Ejército Nacional y del DAS en la comisión de múltiples delitos, al tiempo que había promovido la conformación de grupos paramilitares sucesores de las autodenominadas AUC. Según el peticionario, ejerció el rol de tercero hasta el 2009, cuando reconoció públicamente su comandancia en las AGC. Por el contrario, la SDSJ concluyó que el señor Úsuga mantuvo su condición de paramilitar entre el 2006 y el 2009, y prueba de ello es que siguió delinquiendo en el periodo de tiempo mencionado de una forma tan cercana con los grupos de autodefensas, sucesores de las AUC, que en el 2009 fue reconocido como cabeza de las AGC, no como un simple integrante de las mismas", se lee en la decisión de la JEP.
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Además, asegura el tribunal que Úsuga mantuvo su rol de paramilitar todo el tiempo, entre su desmovilización en el 2006 y su reconocimiento público como cabeza de las AGC en el 2009, y que su rol fue importante para la conformación del Clan del Golfo, pero además, 'Otoniel' no habría logrado probar con efectividad que fue un colaborador de las fuerzas armadas, promotor y financiador de grupos paramilitares, tampoco se contempló la idea de acepar su sometimiento como exguerrillero de las Farc.
"En suma, la Sección de Apelación no cuenta con elementos probatorios que permitan acreditar que el señor Úsuga tuvo la calidad de integrante del movimiento mencionado. Por el contrario, quedó evidenciado que, a lo largo de su trayectoria, este militó en diversos grupos paramilitares respecto de los cuáles la JEP, en general, carece abiertamente de competencia personal. la Sección concluye que el solicitante no acreditó alguna de las condiciones personales sobre las cuales tiene competencia la JEP y, por consiguiente, debe confirmar la decisión de la primera instancia, mediante la cual se rechazó la solicitud de ingreso del interesado, por las razones expuestas en esta decisión judicial".
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