La Sección de Apelación de la JEP aceptó el sometimiento de Rodrigo de Jesus Roncallo Fandiño, quien reconoció en la justicia transicional sus alianzas con el paramilitarismo para lograr una curul en la Cámara de Representantes para el año 2006, por el departamento del Magdalena. A cambio de esto, el excongresista habría acordado beneficiar y defender en el Congreso los intereses de las AUC.
Para esto tuvo contactos con Manuel Gutiérrez Gutiérrez, alias ‘Cara Bonita’, jefe financiero de las AUC, que le dio su apoyo y autorización para poder adelantar su campaña política a la Cámara de Representantes por el Magdalena sin ningún obstáculo, persona a la que llegó, según su relato, porque se la presentó Jorge Caballero Caballero. La JEP, en la decisión con la cual lo aceptan, hizo un recuento de los temas sobre los que aportó verdad.
"El control paramilitar sobre los procesos políticos y electorales en el Magdalena entre 2002 y 2006; (iii) el direccionamiento de la contratación pública de las Alcaldías en el Magdalena hacia organizaciones fachada del paramilitarismo; (iv) la mención de personas que, aparentemente, lograron cargos de elección popular en las Alcaldías y en la Gobernación del Magdalena en el periodo 2001-2003 con el auspicio del Bloque Norte de las AUC; y (v) los hechos que antecedieron al homicidio de Orlando Sandoval Quintana, Alcalde de Tenerife (Magdalena), ultimado por paramilitares del Bloque Norte de las AUC el 23 de diciembre de 2000 luego de haber interceptado el vehículo en el que viajaba, junto con el peticionario, en la vía que comunica dicho municipio con el de Plato", señaló la Sección de Apelación.
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Ante esto, la Sección de Apelación decidió revocar una decisión en la cual se había negado su sometimiento por falta de aporte a la verdad; sin embargo, también le hicieron un llamado, ya que fue aceptado para que aclare algunos puntos que aún no ha concretado, con el fin de mantener los beneficios que le pueda dar la justicia transicional.
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"Aceptar el ingreso de Roncallo Fandiño no deja de lado que en el transcurso procesal venidero este debe absolver los reparos señalados por la Sala de Justicia sobre su aporte a la verdad al igual que concretar de manera definitiva y certera, con el acompañamiento de elementos materiales de prueba o información que permita su ubicación y rápida incorporación a la actuación transicional, las sindicaciones que realizó sobre personas que presuntamente participaron en el amañamiento de las elecciones municipales, regionales y nacionales a favor de candidatos apoyados por el paramilitarismo en el departamento del Magdalena", determinaron los magistrados.
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