BLU Radio conoció el informe de la Contraloría de San Andrés, con fecha del 30 de diciembre del 2020, que fue la pieza clave para que el Tribunal Superior de Bogotá dejara en libertad al gobernador de la isla, Everth Julio Hawkins . El documento concluye todo lo contrario a la investigación dela Fiscalía : el contrato de servicios publicitarios con Noel Foto SAS no generó detrimento patrimonial.
Con base en el informe del organismo de control fiscal, un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá señaló que no se acreditaban las circunstancias para mantener la medida contra el gobernador y desde el jueves el funcionario recuperó su libertad. Sin embargo, la Fiscalía anunció que hará las respectivas indagaciones al documento debido a la diferencia con su investigación.
La Fiscalía le imputó cargos y llamó a juicio al gobernador de San Andrés como presunto responsable de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación porque, según sus pruebas, celebró de manera directa un contrato de servicios publicitarios con la empresa Noel Foto SAS por 500 millones de pesos en el que, supuestamente, desconoció la participación de otros oferentes y benefició a esa empresa representada legalmente por Henry Ramírez García quien, según el ente acusador, habría trabajado en la campaña política para la elección de Hawkins. Incluso, dice la Fiscalía, el contrato superó en valor las ofertas presentadas por otras empresas.
El informe de la Contraloría de San Andrés, conocido por BLU Radio, dice todo lo contrario. Asegura que, con base en las cotizaciones obtenidas de las diferentes empresas con domicilio en el departamento, los precios con que la gobernación departamental cotizó, contrató y realizó los pagos a la empresa Noel Foto SAS, no fueron superiores a los precios cotizados en el mercado local.
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“Así las cosas, encontramos que los bienes objeto del contrato fueron entregados a satisfacción a la entidad y los documentos que soportan la contratación directa no dan cuenta de posible sobrecosto, por cuanto se presentaron varias cotizaciones y no hay evidencia del hecho presuntamente irregular que hubiera podido observar frente a los precios ofertados por la empresa contratista”, dice el informe.
Finalmente, concluye el informe, no se encuentran indicios de que se haya generado detrimento del patrimonio por sobrecostos, ni ninguna otra irregularidad en la planeación, adjudicación y posterior ejecución del contrato.
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