La historia es la siguiente: en 2017, una joven de 20 años, Yessica Katerín Aguirre Canchala, estudiante de enfermería en Manizales, manifestó tener problemas sentimentales y emocionales y tomó la decisión de quitarse la vida. Para hacerlo, buscó en internet formas fáciles de cometer suicidio, sin dolor y cómo cortarse las venas correctamente, entre otras.
Como no las encontró, el 26 de febrero de ese año, le pidió a Hernán Ramírez Carvajal, consumidor habitual de bazuco y habitante de calle, a quien no conocía previamente, colaboración matarse, a cambio de 140.000 pesos. El hombre aceptó, tomaron un taxi con destino al motel Nuevo Milenio, ubicado en el centro de Manizales, según el fallo de la Corte Suprema de Justicia.
Aguirre Canchala dejó una carta en la que expone sus razones para acabar con su vida y especifica que es su voluntad suicidarse, debido a que está sumergida en una profunda tristeza por una pena de amor. En el motel, ella se clava un cuchillo en la yugular.
Al tomar la decisión, la Corte suprema tuvo en cuenta que el habitante de calle no accionó el cuchillo, sino la joven estudiante de enfermería, quien estaba determinante a quitarse la vida. Asimismo, estableció que Ramírez Carvajal solo la acompañó en el acto.
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“Una vez en el sitio, Yessica Katerín pagó por una habitación, a la cual ingresó con Ramírez Carvajal. Pasados algunos minutos, éste salió del cuarto vistiendo la chaqueta que en principio portaba ella y no regresó más. Pocas horas después – tras llamar repetidamente a la puerta sin obtener respuesta - la empleada de turno ingresó a la habitación y encontró el cuerpo de Aguirre Canchala dentro de la ducha (que estaba abierta) postrado sobre cojines y cobijas”, describe el fallo de la corte.
El habitante de calle, tras las respectivas investigaciones, fue capturado y enviado a la cárcel de Cómbita, Boyacá, desde 2018, por el delito de homicidio agravado. Luego de años de litigio, su abogado logró que la corte pusiera los ojos sobre el caso y logró la absolución de Ramírez Carvajal.
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En el fallo, la corte califica que el delito de ayuda al suicidio es un delito querellable y tiene una pena menor a la del homicidio, por el que el hombre fue condenado a 33 años de cárcel, y establece que cometió el delito de ayuda al suicidio y precluyó la investigación a favor de Hernán Ramírez, por lo que ordenó su inmediata libertad.
@CorteSupremaJ determina que causar directamente la muerte a una persona que decide suicidarse no constituye delito de ayuda al suicidio, sino homicidio. ¿Cuáles son los límites de la ayuda al #suicidio según mayoría de #SalaPenal? Ver SP005-2023 en➡️ https://t.co/PbNv7jfEZ7 pic.twitter.com/DrRq4R5fFL
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) February 10, 2023
Así registró en 2019 el caso el programa El Rastro, de Caracol Televisión: