El Consejo de Estado determinó que el Gobierno podrá celebrar contratos con las alcaldías, de acuerdo con la ley de presupuesto que entró en vigencia el diciembre del año pasado y que generó toda una polémica.
La alta corporación confirmó la nulidad de una tutela que pretendía suspender esa norma, hasta que haya un pronunciamiento de fondo de la Corte Constitucional.
Inicialmente, el fallo fue invalidado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca por presentar errores jurídicos como el de no integrar a la Federación de Departamento y Municipios al proceso.
Ahora, la sección Cuarta del alto tribunal, con ponencia de la magistrada Myriam Stella Gutiérrez, confirmó la decisión, incluso desde el reparto, y por eso remitió el proceso de tutela para que inicie su trámite en los juzgados administrativos de Bogotá.
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Cabe recordar que el pasado 12 de noviembre, el presidente Iván Duque, sancionó la Ley 2159 mediante la cual establece el presupuesto para el 2022 y en su artículo 124 dispuso: “A partir de la publicación de la presente ley y durante la vigencia fiscal 2022, la nación podrá celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación”.
Precisamente, este artículo fue el que mediante un fallo en primera instancia ordenó suspender la juez tercera administrativa.
Mientras que se adelanta el reparto y un juez nuevamente aborda el estudio del expediente, la norma queda en vigor, habilitando al Gobierno para celebrar los convenios con las alcaldías.
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