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Tribunal de Bogotá emite sentencia en pleito entre excontralor Felipe Córdoba y periodista

Córdoba argumentó que las publicaciones de Barrientos vulneraron sus derechos fundamentales, tales como la dignidad humana y el principio de presunción de inocencia.

Excontralor Carlos Felipe Córdoba
Excontralor Carlos Felipe Córdoba
X: @CGR_Colombia

El Tribunal Superior de Bogotá ha tomado una decisión directa y contundente en un caso que involucra publicaciones que afectaron la reputación del excontralor Carlos Felipe Córdoba Larrarte . El tribunal ordenó al periodista Juan Pablo Barrientos Hoyos rectificar, en un plazo de 10 días, las publicaciones que realizó el 2 de junio de 2022 y el 6 de febrero de 2024, las cuales contenían afirmaciones que dañaban el buen nombre y la honra de Córdoba.

Córdoba, a través de su apoderado, sustentó en la impugnación de la tutela que el Juzgado de Primera Instancia desconoció que las publicaciones de Barrientos Hoyos, contienen información inexacta y carente de veracidad e imparcialidad, lo que distorsiona el concepto público que se tiene de Hoyos y responsabilizándolo de haber cometido plagio para obtener sus títulos académicos

El tribunal, al evaluar el caso, determinó que era necesario proteger los derechos de Córdoba. Por ello, revocó parcialmente el fallo impugnado y ordenó que se emitiera una rectificación de la información difundida por el periodista. La decisión especifica que la corrección debe publicarse en los mismos sitios donde se difundieron originalmente los artículos y, además, en la red social X . Esta medida busca restablecer la verdad y reparar el daño causado a la imagen del excontralor.

Indicó igualmente el Tribunal que “el periodista obvió emplear, como lo instruye la Corte, las formas lingüísticas condicionales o dubitativas, más concretamente, expresiones como ‘presuntamente’, que denotan la indemnidad de la presunción de inocencia” según lo establece el fallo.

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El tribunal también confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia, lo que significa que, fuera de la rectificación ordenada, se mantienen las decisiones previas en el caso. Además, se ha dispuesto que, de manera oportuna, la actuación se remita a la Corte Constitucional para una eventual revisión, lo que garantiza que la protección de los derechos fundamentales de Córdoba sea evaluada desde la máxima instancia judicial.

Blu Radio procedió a realizar la rectificación de información de la presente nota, precisando y corrigiendo lo mencionado de la decisión del Tribunal Superior de Bogotá sobre este caso.

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