En BLU Al Derecho estuvo el abogado experto en derecho constitucional Juan Manuel Charry, analizando la doble instancia para los aforados, a propósito de la reciente reforma que garantiza que los aforados puedan tener derecho a ser juzgados con doble instancia.
Explicó que la doble instancia es un derecho fundamental dentro del debido proceso, en el sentido que las personas tienen derecho a que un tribunal superior revisen las sentencias que se dictan en su contra.
En ese sentido, aseguró que es beneficioso para Colombia como Estado de derecho, pues el país firmó tratados de derechos humanos que debe respetar, como el Tratado de derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana.
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Además, explicó por qué algunos colombianos no tenían derecho a la doble instancia.
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“Con la constitución del 91 se estableció expresamente la doble instancia, pero se le dio la posibilidad al legislador de establecer excepciones y lo cierto es que la propia Constitución estableció procesos de única instancia, particularmente para los congresistas y otros aforados”, complementó.
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Cabe recordar que la doble instancia para aforados cobija a congresistas, ministros, gobernadores, magistrados y generales de la República.
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