LaSuperintendencia de Salud le informó a la Corte Constitucional que, en el país, desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre, 57 mujeres presentaron quejas por las dificultades para poderse practicar la interrupción voluntaria de embarazo.
A través de un concepto enviado a laCorte Constitucional y conocido por BLU Radio, la Superintendencia de Salud informó que en los meses de marzo y agosto se presentaron el mayor número de quejas.
Estas quejas van desde la falta de oportunidad en la programación de los procedimientos quirúrgicos, la no aplicación de protocolos en la atención, hasta la demora en la autorización del procedimiento.
Las zonas del país donde más se han quejado las mujeres por las barreras que encuentran para poder practicase una interrupción voluntaria son Valle del Cauca, Bogotá, Cundinamarca, Atlántico y Cauca.
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El concepto también revela que son las mujeres más jóvenes quienes más se han quejado, de los 57 casos, 27 corresponden a mujeres entre los 18 y 24 años de edad y 10 quejas de mujeres entre los 25 a 29 años.
Antes de estudiar la demanda de constitucionalidad contra el Código Penal que tipifica como delito el aborto libre en Colombia, la Corte Constitucional le preguntó a la Superintendencia sobre las sanciones a las entidades de salud por no atender de forma oportuna la interrupción voluntaria del embarazo. (En los tres casos que actualmente están despenalizados).
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La Superintendencia contestó que identificó fallas en la prestación de salud relacionadas con la negativa al procedimiento relacionado con el IVE, (Interrupción Voluntaria del Embarazo) y que impuso multas al respecto.
En total, 629 millones de pesos en sanciones fueron impuestos a empresas de salud por no prestar el servicio, o prestarlo de forma deficiente.
Entre ellas, el Hospital Regional del Magdalena Medio, el Servicio Occidental de Salud, Compensar EPS y la Caja de Compensación Compensar.
Además, la Supersalud manifestó que desde hace varios años les envió una circular a las empresas de salud advirtiendo que no se podían poner obstáculos a los procedimientos.
Dirigida a los prestadores de servicios de salud, entidades administradoras de planes de beneficios y entidades territoriales, quienes están en la obligación de prestar el servicio de interrupción voluntaria del embarazo a mujeres incursas en cualquiera de las causales establecidas en la sentencia T-355 de 2006
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La Superintendencia informó que a 10 hospitales del país se le han abierto investigación porque no cumplir los requisitos para implementar la objeción de conciencia a la hora de practicar un aborto.