Según investigaciones, entre el 2008 y el 2012, la entidad prestadora del servicio se habría apropiado de 21.353.000 de pesos pertenecientes a la salud.
“Entre el 2008 y el 2012 se evidenciaron exceso de gastos administrativos que están normativamente limitados al 8%. Inversión en fondos acciones y/o aportes en sociedades, inversiones en construcción y adquisición de inmuebles, intereses a cargo correspondientes a préstamos para construcciones y otras operaciones que están relacionadas con la con la utilización de recursos”, dijo la fiscal.
A estas alturas puede inferirse razonablemente que, la EPS Asmet Salud realizó inversiones y ejecuciones de recursos con dineros del gasto administrativo que no tenían relación con el soporte del aseguramiento en salud que, al 31 de diciembre del 2012, efectivamente presentó información financiera que no reflejaba la realidad de la empresa
La funcionaria dijo que los estados financieros de la entidad prestadora de salud no reflejaban la realidad de la misma y que, de esta manera, lograron inducir en error a la Superintendencia de Salud que le dio viabilidad para seguir operando.
“Los estados financieros de la EPS, al 31 de diciembre del 2012, no reflejaban esa realidad cuando no se realizaron debidamente consignaciones bancarias, no se realizaron las provisiones de la cartera en detenida forma, toda vez que las provisiones se realizaban en contravía de lo estipulado en el artículo 3 de la resolución 1424 del 2008 que define que debe hacerse el aprovisionamiento del saldo de cartera en un 100 % y no en un 33% como lo estaba haciendo la EPS”, añadió al delegada del ente acusado.
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Además, asegura alFiscalía que, la EPS no pagaba sus obligaciones y en cambio realizaba millonarias inversiones. Según la narración de la delegada del ente acusador, lo primero que debe hacer una EPS del régimen subsidiado es pagar las obligaciones por las prestaciones de servicios de salud a sus afiliados.
La EPS es una entidad de derecho privado del sector solidario que tiene como función y responsabilidad principal, como aseguradora, gestionar y coordinar la oferta de servicios de salud para la comunidad más pobre y vulnerable de este país, del Cauca, de Popayán, afiliada al sistema general de seguridad en salud
“Asmet Salud, después de pagar obligaciones primordiales podría, con recursos provenientes de la UPC realizar inversiones en aportes, sanciones, fondos, títulos, inmuebles, infraestructura, pues al utilizar los recursos de manera contraria generaría un desequilibrio económico de tal manera que si se destinan recursos en aumentar activos que no son estrictamente necesarios y que no están directamente relacionados con el objeto social, simplemente estaría desprotegiendo sus obligaciones y dejándolas sin ningún respaldo. Lo primero que debe hacer una EPS del régimen subsidiado es pagar las obligaciones por las prestaciones de servicios de salud a sus afiliados”, puntualizó la fiscal del caso.
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Aseguró la funcionaria que la EPS, en relación con los periodos objeto del análisis, ha presentado una situación financiera decreciente, lo que indica que es una entidad inviable financieramente.
De conformidad al análisis realizado por contadores del CTI se evidenció que Asmet Salud, entre el 2008 y el 2012, realizó un uso indebido de recursos del sistema general de seguridad social en salud, logrando desviar una suma 21.353.000 pesos
Solicitud de medida de aseguramiento
La Fiscalía le solicitó al juez 1 de garantías que envíe a la cárcel a Aguilar Vivas porque, a su juicio, hay peligro para la comunidad y para la víctima.
En medio de su solicitud, anunció que tiene interceptaciones de sus comunicaciones y un informe del CTI , del 9 de abril del 2019, en el que se hace un análisis de dichas llamadas interceptadas.
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Las conversaciones serían entre la exsuperintendente delegada para la Supervisión Institucional de la Superintendencia de Salud, Eva Carrascal, y el directivo de la EPS Asmet Salud, Gustavo Adolfo Aguilar, en donde se habla de tramitar la resolución del 127 del año 2018 a favor de esa EPS.
Dice la fiscal que no es objeto de esta investigación pero que lo trae a colación para que "se conozca el modus operandi o la forma en la que acostumbra manejar los trámites administrativos ante autoridades, en este caso ante un ente de vigilancia y control, el señor Vivas”, cuando hay decisiones con las que no se encuentra conforme o no son de su beneficio.
Esos informes de interceptación de la línea no tiene relación con hechos imputados, pero seguramente serán materia de investigación de otro despacho. Para la Fiscalía es importante traerlos a colación porque es una forma de evidenciar a la judicatura la forma en la que maneja sus asuntos el señor Gustavo Adolfo Aguilar y la costumbre a veces de como obtiene inclusive a veces algunos actos administrativos a su favor
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Este miércoles 3 de febrero, a las 11: 00 de la mañana, continuará la diligencia de solicitud de medida de aseguramiento. Intervendrá la defensa del médico, el abogadoJaime Lombana , y luego, se conocerá la decisión del juez.