Durante la audiencia, en la que laProcuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 20 años a siete soldados por la violación de una niña embera de 12 años, el Ministerio Público reveló nuevos detalles del caso.
"Violentaron a una menor de manera miserable y defraudaron la confianza de la ciudadanía, al tiempo que lesionaron la libertad y autonomía sexual de la niña cuyos derechos fueron vulnerados por quienes juraron protegerlos", sostuvo el Ministerio Público.
El Ministerio Público dijo que la prueba científica evidenció el abuso sexual y reveló que los soldados se llamaron por teléfono para cometer el aberrante hecho.
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“Los militares comprometidos en este proceso se comunicaron personal y telefónicamente y llegaron de manera simultánea para accederla carnalmente, valiéndose de la intimidación que produce el uniforme militar, el fusil y la pluralidad de agresores”, señaló Aura Fajardo, asistente de la procuradora delegada.
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Para el órgano de control los soldados del Batallón de Artillería No. 8 "Batalla de San Mateo" vulneraron los principios constitucionales a la probidad y la rectitud.
"Ni los ciudadanos, la sociedad, y el Ejército Nacional en su conjunto, esperan que algún miembro de la institución, vulnere la dignidad de las personas, más aún de las menores de edad, dada la investidura y la función constitucional que tienen, más en una zona de conflicto armado como se trata del corregimiento Santa Cecilia, municipio de Pueblo Rico, Risaralda", sentenció el Ministerio Público.
En la decisión, la Procuraduría pidió que se investigue la presunta participación de, por lo menos, otras dos personas que habrían accedido carnalmente a la menor de edad, de acuerdo con el relato que figura en el proceso.
El órgano de control encontró a los soldados regulares Juan Camilo Morales Povea, Yair Stiven González, José Luis Holguín Pérez, Juan David Guaidía Ruiz, Oscar Eduardo Gil Alzate y Deyson Andrés Isaza Zapata responsables de acceso carnal violento en persona protegida.
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Frente al caso del soldado Fernando Mangaret Hernández, la Procuraduría advirtió que, aunque no ejecutó actos de violación sexual contra la niña, actuó como custodio de la falta, pese a que su deber constitucional y legal era el de defender a la menor es edad de cualquier agresión, por ser sujeto de especial protección.