Si usted es de los que cree que no va a pasar nada cuando zarandea un menor de edad, lo sacude violentamente, ya sea para consentirlo o simplemente para corregirlo, tenga en cuenta la decisión que tomó la Corte Suprema de Justicia respecto a estas acciones.
La sala penal de la corte señaló que estos actos son maltrato infantil porque pueden terminar con lesiones e, incluso, con la muerte del niño o niña. Así las cosas, un adulto puede terminar en la cárcel por estos hechos.
Además, según el alto tribunal, se puede suscribir el delito de homicidio preterintencional, es decir, que la persona no busco la muerte o hacer daño, sino que fue en lo que terminó.
La Corte Suprema de Justicia reflexionó por un caso en específico que está relacionado con un abuelo que sacudió violentamente a su nieta y no se dio cuenta cuando la pequeña perdió el conocimiento; después de llegar a la clínica ya había fallecido.
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En este caso la Sala Penal determinó que el abuelo podía prever que un acto de esa naturaleza estaba en capacidad de lesionar a la menor, pero, a la vez, de ocasionar su muerte. Además, era completamente predecible que la impresión de fuerza de un hombre adulto en contra de una menor podía causar daños más allá de una simple lesión.
Esto quiere decir que, de acuerdo con los actos demostrados, se puede establecer que el adulto mayor tenía la intención de lesionar a la menor, pero no era su objetivo causarle la muerte, teniendo en cuenta su comportamiento hacia ella frente a la mamá -que era una conducta familiar y afable- y el socorro que le brindó a la menor al verla en mal estado de salud.
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Por esto, se aplicó el delito de homicidio preterintencional y una pena relacionada con los 12 años y 6 meses de prisión.