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Corte Suprema autoriza extradición de indígena que pretendía eludir requerimiento de EE. UU.

El indígena Gabriel Barros de la alta Guajira pretendía engañar a las autoridades con el argumento de que ya había sido juzgado en Colombia.

Corte Suprema // Foto: Corte Suprema
Corte Suprema.
Foto: Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia emitió concepto favorable a la solicitud de extradición que hizo Estados Unidos del indígena Gabriel Barros de la alta Guajira, quien pretendía engañar a las autoridades, argumentando que ya había sido condenado por los mismos hechos en su resguardo. La Corte advirtió que estos argumentos no pueden ser utilizados para evadir una solicitud de extradición.

Las autoridades señalan a Barros de enviar cocaína sucesivamente a países en Centroamérica y el Caribe, para su posterior distribución a Estados Unidos, desde mayo del 2015 hasta septiembre del 2020, a través de una organización ilegal de la que Barros Fince sería el líder.

Ante la Corte, la defensa de Barros alegó que se debía negar su extradición, afirmando que ya había sido juzgado en Colombia por estos mismos hechos, pues recibió una condena compensatoria el 5 de julio del 2019 por parte de las autoridades indígenas de la alta y media Guajira – Comunidad de Portete, en la que se firmó un acta de compromiso.

Sin embargo, la Corte señaló que los hechos escapan a la competencia de la jurisdicción indígena debido a que las cantidades de narcóticos fueron decomisadas en un país distinto al colombiano y los delitos se cometieron bajo la jurisdicción de naciones extranjeras.

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“Por eso, la aplicación engañosa de la jurisdicción indígena, reivindicando una competencia que no tiene para decir que los delitos se cometieron al interior de una comunidad ancestral, no puede ser un estorbo a la colaboración multilateral entre naciones frente a conductas de alto impacto internacional cometidas, según su finalidad y la forma como fue incautada la mercancía, en jurisdicción de otro país”, señala la providencia.

La Sala también destacó que la condena del Cabildo de Portete “no puede servir de pretexto para negar la extradición, con el argumento de que la conducta por la cual es requerido Sócrates Gabriel Barros Fince en extradición fue juzgada por una autoridad indígena, aduciendo derechos ancestrales de ilegal configuración”.

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