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Corte ordena al Gobierno garantizar protesta pacífica y suspender uso de escopetas calibre 12

La decisión la emitió la Sala Civil de la Corte. Piden también al ministro de Defensa disculparse por recientes casos de abuso policial.

Esmad con la escopeta calibre 12 y Dilan Cruz - Fotos captura pantalla y Facebook
Esmad con la escopeta calibre 12 y Dilan Cruz - Fotos captura pantalla y Facebook

Este martes, se conoció una decisión de la Corte Suprema de Justicia, en la que ordena durante las próximas 48 horas suspender el uso de las escopetas calibre 12 por parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), hasta que se constate la existencia de garantías para la utilización responsable y mesurada de dicho instrumento.

“Ordenar a los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional (Esmad) y a cualquier institución que efectúe “actividades de Policía” que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de este fallo, suspenda el uso de las escopetas calibre 12, hasta previa verificación exhaustiva, constate la existencia de garantías para la reutilización responsable y mesurada de dicho instrumento”, señala la providencia de la Corte.

La decisión de la Corte se da por una acción de tutela que presentaron más de 20 personas en contra del presidente de la República, el ministro de Defensa y la Policía Nacional, al considerar que con el uso de la fuerza por parte de miembros de la institución “se ha visto troncado el derecho a la protesta pacífica y la vida, entre otros”.

La Corte ordena que el ministro de Defensa en las próximas 48 horas presente disculpas por los excesos de la fuerza pública, especialmente, por los cometidos por el Esmad durante las protestas desarrolladas en el país a partir del 21 de noviembre del año pasado, como ocurrió con el caso Dilan Cruz.

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Estas disculpas deberán difundirse por radio, televisión y redes sociales. De igual manera, el alto Gobierno deberá expedir un acto administrativo en el cual ordene a todos los miembros de la Rama Ejecutiva, mantener neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas, incluso, si las mismas se dirigen a cuestionar las políticas del Estado.

El alto tribunal ordenó que dentro de 30 días, la Policía, la Fiscalía y Procuraduría General expidan un protocolo que permita a los ciudadanos y organizaciones defensoras de derechos humanos y entidades vinculadas a las Naciones Unidas, realizar verificaciones en casos de capturas y traslado de personas, durante el desarrollo de cualquier clase de mitin, reunión o acto de protestas.

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“Cuando se requiera cualquier participación del Esmad en eventos públicos o privados, ese organismo, de manera antelada, deberá poner a disposición del defensor el listado de los comandantes o jefes de unidad del personal asignado para el servicio requerido e, igualmente, la Policía Nacional deberá designar a un oficial superior común que sirva de enlace entre los agentes y el defensor del Pueblo”, señala el documento.

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