La Corte Constitucional tumbó el control automático de los fallos de la Contraloría, que se creó, supuestamente, para cumplir con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso del exalcalde de Bogotá Gustavo Petro.
Este mecanismo se creó a través de una reforma de la Ley 1437 de 2021, en la que pedía que el Consejo de Estado “revisara la legalidad de las sanciones impuestas por la Contraloría”, como un requisito para inhabilitar a los funcionarios de elección popular que tuvieran responsabilidades fiscales. Pero que el Consejo de Estado se negó a realizar esta revisión.
Luego de una demanda contra esta reforma, la Sala Plena concluyó tumbar este mecanismo porque, según afirma "priva al responsable fiscal de varias garantías procesales propias del derecho de acción y del debido proceso. Tal es el caso de los derechos a formular la demanda, a pedir y controvertir pruebas, a solicitar la suspensión del acto, a presentar alegatos de conclusión y a solicitar la reparación del daño".
Es decir, no se garantizaba el debido proceso de los casos contra funcionarios elegidos popularmente, a pasar este control automático al Consejo de Estado.
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Por lo que la Corte también le ordenó a la Contraloría General de la República que divulgue por un medio idóneo el contenido de esta sentencia entre las autoridades de control fiscal y las partes en los procesos judiciales de control automático e integral de fallos con responsabilidad fiscal vigentes, al momento de notificación de esta sentencia.