La Corte Constitucional dio un plazo de 30 días alInpec para que diseñe e implemente una categorización de establecimientos de reclusión que se encuentran en riesgo de contagio o con casos activos por COVID-19.
la Corte ordenó al Inpec y Uspec asegurar un flujo constante de agua, a la cual deberán tener acceso todas las personas privadas de la libertad para lavar sus manos con una frecuencia mínima de dos horas y, en aquellos lugares en los cuales no logre llegar el caudal de forma permanente, será obligación del INPEC disponer de contenedores con agua.
Igualmente, pidió a la Fiscalía y Procuraduría remitir el estado de las investigaciones adelantadas por la muerte de 23 internos en marzo del año pasado.
La Corte pidió al Inpec acciones inmediatas para la atención en salud de los internos y de esto se debe informar cada 15 días.
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“Los directores de las cárceles no pueden utilizar como espacios de aislamiento sanitario lugares que por sus características puedan vulnerar el derecho de las personas privadas de la libertad a unas condiciones dignas de reclusión”, señala el auto de la Corte Constitucional.
Finalmente, la Corte Constitucional pidió al Ministerio de Hacienda, Planeación y Ministerio de Justicia informes acerca de cuáles son las fuentes de financiación disponibles, a nivel nacional y territorial, y el presupuesto nacional y territorial disponible para la construcción, mantenimiento, adecuación y funcionamiento de los establecimientos de reclusión para la población sindicada.