Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Corte Constitucional llama al Gobierno y Congreso a regular incapacidades de aprendices

El alto tribunal hizo un llamado urgente al Gobierno y al Congreso para que regulen el derecho al reconocimiento y pago de las incapacidades de los aprendices.

Corte Constitucional
Corte Constitucional
Foto: Rama Judicial

La Corte Constitucional hizo un pronunciamiento importante sobre las incapacidades de los aprendices o practicantes, aquí el caso que motivó la decisión fue una acción de tutela presentada por una aprendiz a la Nueva EPS y el Congreso de la República.

Durante sus prácticas, ella sufrió un accidente de tránsito que le dejó incapacidades por más de 180 días, la Nueva EPS se negó a pagar las incapacidades posteriores al día 180, alegando que la ley 789 de 2002 no contempla dicha obligación.

En este caso, la Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional pudo determinar que la EPS no había vulnerado los derechos de la aprendiz, ya que la legislación vigente no obliga a pagar incapacidades después del día 181 en casos de accidentes de origen común para aprendices, sin embargo, el alto tribunal subrayó la necesidad de una regulación urgente para evitar la perpetuación de esta situación que afecta gravemente a los aprendices.

“El vacío legal actual impide que los aprendices accedan al pago de incapacidades a partir del día 181, lo que, según la Corte, representa un déficit de protección contrario a los principios del Estado social de derecho. A pesar de los esfuerzos previos del legislativo para abordar este tema, la falta de una normativa clara sigue dejando desprotegidos a los aprendices en situaciones de incapacidad prolongada”, señaló la Corte.

Publicidad

La Corte recordó que el contrato de aprendizaje, regulado por el código sustantivo del trabajo, no es equiparable a un contrato de trabajo regular, y que las empresas patrocinadoras no están obligadas a afiliar a los aprendices al sistema general de pensiones, lo que agrava la situación de desprotección en casos de incapacidades prolongadas por accidentes o enfermedades de origen común.

Con esta decisión, la Corte Constitucional espera que tanto el Congreso de la República y el Gobierno nacional tomen las medidas necesarias para garantizar los derechos fundamentales a la seguridad social de los aprendices o practicantes

Publicidad

  • Publicidad