La Corte Constitucional dio un paso contundente en el seguimiento de la Sentencia T-302 de 2017, la cual declaró el Estado de Cosas Institucional debido a la vulneración generalizada de los derechos de la niñez Wayúu en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, en La Guajira. La Sala Especial de Seguimiento inició un proceso de desacato contra funcionarios del Gobierno, señalando una falta de cumplimiento en las medidas ordenadas.
El Auto 2764 de 2023, emanado de la Sala, incluye a la consejera Presidencial para las Regiones, Sandra Liliana Ortíz Nova; al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo; a la ministra de Vivienda, Catalina Velasco; a la ministra de Ambiente, María Susana Muhamad González; a la ministra de Agricultura, Jhenifer Mojica Flórez; a la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Laura Sarabia Torres; y a la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Astrid Eliana Cáceres Cárdenas, como responsables de no haber cumplido con las órdenes estructurales de la sentencia.
Asimismo, “se vinculó al superintendente nacional de Salud, Ulahy Beltrán; el director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, Olmedo López; la gobernadora del Departamento de La Guajira, Diala Wilches; el alcalde de Maicao, Mohamad Jaafar Dasuki Hajj; el alcalde de Manaure, Elven Manuel Meza Barros; el alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez Cotes y el alcalde de Uribia, Bonifacio Henríquez Palmar”, informó la Corte Constitucional en un comunicado.
La Sala de Seguimiento del alto tribunal evaluó el cumplimiento de la orden tercera de la sentencia, que demanda la creación del Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas (MESEPP) para garantizar los derechos fundamentales de la comunidad indígena Wayúu, especialmente en lo relacionado con el acceso al agua, la alimentación y la salud. Sin embargo, ha concluido que el cumplimiento ha sido insatisfactorio.
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A pesar de la creación de la comisión intersectorial, la sala argumentó que esta no es suficiente, ya que no incluye a todas las entidades concernidas en la orden. En este contexto, se ha dispuesto que los funcionarios mencionados presenten, en las próximas 48 horas tras la notificación del auto, un informe que acredite el cumplimiento respecto a la conformación del MESEPP.
“Respecto del incidente de desacato, la Sala de Seguimiento advirtió que las autoridades tienen tres días para presentar pruebas y, en caso de reportarse nuevas acciones y resultados para el cumplimiento de la orden, estos deben basarse en indicadores de goce efectivo de derechos”, añadió el alto tribunal.
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