Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Corte Constitucional anuló dos sentencias que consideraban que el aborto no era un derecho.
Ahora el magistrado José Fernando Reyes debe hacer una nueva ponencia que determine que la interrupción al embarazo sí es un derecho y es un asunto de salud pública.
Esa sentencia deberá pasar por aprobación de la Sala Plena del alto tribunal, pero se tiene que hacer después de que la corte anulara las sentencias T-430/22 y T-158/23 que indicaban la interrupción del embarazo no era un derecho.
Pero con esta aclaración, la corte dejó en firme que el aborto sí es un derecho para cada mujer o persona gestante que cumpla con las reglas que ha puesto el alto tribunal.
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El concepto de la Sala Plena es declarar “la nulidad de las sentencias T-430 de 2022 y T-158 de 2023 por desconocimiento del precedente y de la cosa juzgada constitucional respecto de lo decidido en la sentencia C-055 de 2022”.
Así mismo, aclararon que en esta decisión, salvaron voto los magistrados José Antonio Lizarazo, Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo y Paola Andrea Meneses.
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Vale recordar que desde el 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional se despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación. Posterior a ese periodo, se mantienen las tres causales contempladas en la sentencia de 2006: por malformación del feto, riesgo para la vida de la madre o en caso de abuso sexual.
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