En un pronunciamiento clave, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia abordó el impedimento de los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá para conocer los recursos de apelación y queja presentados por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez , procesado por soborno en actuación penal y fraude procesal.
Esto, luego de que la defensa del expresidente Uribe presentara una queja en contra la Jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Heredia, quien negó una petición de anular el proceso que se le sigue a Álvaro Uribe por soborno a testigos.
En este caso, la Corte Suprema de Justicia aceptó los impedimentos al considerar que estos tres magistrados que componen una sala de decisión del tribunal ya comprometieron su opinión en este asunto.
“Desde esa perspectiva, los magistrados comprometieron su criterio, en tanto emitieron juicios de valor sobre algunos de los elementos de convicción presentados por la Fiscalía y advirtieron necesaria la continuación del proceso por los delitos atribuidos a Álvaro Uribe Vélez. Aquello significa, en aras de garantizar la imparcialidad e independencia de la administración de justicia, que debe declararse fundada la manifestación impeditiva expresada por los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior”, señala el documento.
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Así las cosas, lo que sigue entonces es que otra sala de decisión del tribunal debe conocer el recurso que presentó la defensa del expresidente Álvaro Uribe.
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