El Consejo de Estado notificó que fue rechazada la acción de tutela interpuesta por la veeduría antioqueña “Antioqueños por Colombia” contra el presidente Gustavo Petro. La organización buscaba que el mandatario se retractara de sus declaraciones realizadas en una alocución del 4 de septiembre de 2024, en la que divulgó información confidencial sobre la adquisición en Colombia del programa espía Pegasus.
La acción judicial fue liderada por Stefan Bravo Martínez, presidente de la veeduría, quien argumentó que las afirmaciones del presidente Petro en su intervención pública vulneraron sus derechos fundamentales, incluyendo el derecho a la vida, la libertad de expresión y la posibilidad de recibir información veraz y completa. Bravo Martínez sostenía que el contenido de la alocución comprometía su buen nombre y su honor, ya que, según su percepción, el presidente había revelado información que afectaba la confianza pública y generaba incertidumbre en la ciudadanía.
Durante su intervención, el presidente Petro afirmó que el software Pegasus, desarrollado por la empresa israelí NSO Group Technologies, fue adquirido por la administración del expresidente Iván Duque en una transacción que supuestamente involucró 11 millones de dólares en efectivo, justo antes de las elecciones presidenciales de 2022. Esta revelación provocó reacciones encontradas en el ámbito político y social, y despertó preocupaciones sobre el uso y manejo de programas de espionaje en Colombia.
Sin embargo, el Consejo de Estado, tras analizar la tutela, concluyó que los argumentos presentados por la veeduría antioqueña no cumplían con los requisitos necesarios para establecer una vulneración de derechos fundamentales. Según el fallo, la alocución presidencial no hacía referencia directa a Bravo Martínez ni comprometía su reputación o su buen nombre.
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Además, el alto tribunal precisó que no se había encontrado evidencia que respaldara la afirmación de que el presidente Petro hubiera divulgado información reservada o inexacta durante su intervención. Así, el Consejo de Estado consideró que los planteamientos de Bravo Martínez no eran suficientes para justificar una medida que obligara al presidente a retractarse o modificar su mensaje ante la ciudadanía.
El fallo reafirma el derecho del jefe de Estado a informar sobre temas de interés público, especialmente aquellos relacionados con la seguridad nacional y la transparencia en el uso de recursos públicos. No obstante, el debate sobre el programa Pegasus y su uso en el país continúa, generando preocupaciones en diversos sectores.
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