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Consejo de Estado niega petición para suspender elección de hijo de 'Jorge 40' en curul de paz

Una de las demandas señala que estaba inhabilitado para ser congresista y que no cumplía los requisitos para pertenecer a las curules de paz.

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El Consejo de Estado negó la petición de suspender a Jorge Rodrigo Tovar, hijo de 'Jorge 40', y continúa estudiando dos demandas en contra de su elección como representante a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz.

Una de las demandas alega que el político tuviera relación con los bienes ilícitos de su padre. La otra señala que estaba inhabilitado para ser congresista y que no cumplía los requisitos para pertenecer a las curules de paz.

Recientemente, el alto tribunal admitió dos demandas que buscan que se declare nula su elección en las curules de paz. En uno de los dos procesos, la corporación negó una solicitud que pretendía suspender la elección de Jorge Tovar.

Primera demanda

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Una de las demandas, que fue admitida por el Consejo de Estado, fue presentada por la Fundación para la Defensa de la Información Legal y Oportuna (Dilo Colombia). Según esa demanda, versiones de prensa registran la supuesta relación del electo congresista con bienes que su padre, Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, habría adquirido como producto de las actividades ilegales de los grupos paramilitares que, dicen los accionantes, fueron los causantes de las graves violaciones a los derechos humanos que afectaron a las poblaciones de los 13 municipios en La Guajira, Cesar y Magdalena, que serían representados en el Congreso mediante la curul que obtuvo el demandado.

Para la Fundación: “estas circunstancias en la elección ponen en duda la buena fe de la administración para cumplir el acuerdo para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, como quiera que la curul de paz, que el demandado asumiría en el legislativo, hace parte de ese pacto que celebró el Estado colombiano con la antigua guerrilla de las Farc. Para la parte actora, las características que rodean la elección también siembran dudas sobre la verdadera voluntad de reparación a las víctimas, que también se desprende del cumplimiento del acuerdo de paz”, señala la demanda.

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Esta demanda también solicitó suspender provisionalmente la elección de Jorge Rodrigo Tovar Vélez, sin embargo, el Consejo de Estado no aceptó esta petición.

Segunda demanda

En la segunda demanda se señala que la elección debe ser declarada nula porque el "hijo de Jorge 40 estaba inhabilitado para ser congresista, por haber ejercido la autoridad civil, política o administrativa, durante los 12 meses previos a su elección, al haberse desempeñado como funcionario del Ministerio del Interior hasta cuatro meses y medio antes del proceso electoral en el que obtuvo la curul”.

Según la demanda, el hijo de Jorge 40 tampoco reunía las condiciones respecto a los hechos del conflicto que lo acreditarían como beneficiario de una curul de paz. Ello, en la medida en que, según el accionante, la aspiración de los familiares de los actores armados ilegales debe sustentarse acreditando el haber sido víctimas de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, por parte de alguno de los grupos en contienda. En este caso, dice el relato sobre el supuesto hecho victimizante por parte del demandado, está marcado por varias contradicciones.

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El Consejo de Estado, por ahora, adelanta la investigación de ambas demandas.

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