El Consejo de Estado negó una demanda de tutela que interpusieron el Ministerio de Salud y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo (UNGRD) contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, luego de que esa corporación judicial ordenó que se diera a conocer información sobre los contratos celebrados para la adquisición de vacunas contra la COVID-19.
Todo empezó por un derecho de petición que presentaron varios particulares para que se les diera a conocer información de los contratos para el suministro de los biológicos.
Sin embargo, la UNGRD consideró que no se podía acceder al requerimiento, ante la probable violación de las cláusulas de confidencialidad obrantes en el acuerdo contractual celebrado con las farmacéuticas.
Esa corporación judicial ordenó a las autoridades dar a conocer lo solicitado, al tiempo que negó una nulidad procesal que presentaron las farmacéuticas y el Ministerio de Salud en la manifestaron que hubo una presunta violación al debido proceso, por no haber sido vinculadas al trámite.
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Para el Consejo de Estado, el tribunal no usurpó la competencia de los árbitros, al referirse a la confidencialidad, sino que ejerció la competencia que le asistía como juez de insistencia. Por estas y otras razones, la sala determinó que el juez de insistencia no violó derechos fundamentales a las demandantes.
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