El Consejo de Estado respaldó legalmente la resolución por medio de la cual el Ministerio de Minas y Energía y la Comisión de Regulación de Energía y Gas establecieron una opción de tarifas transitorias para el pago del servicio público de gas, tras la declaratoria de emergencia por el coronavirus.
A través de esta resolución se establecieron mecanismos para que los usuarios pudieran cancelar la tarifa por el servicio a través de pagos diferidos. Se estipularon unas reglas de pago diferido para los estratos 1 y 2 y el ofrecimiento a los usuarios pertenecientes a los demás niveles socioeconómicos para pactar condiciones que se ajustaran a su capacidad de pago.
ElConsejo de Estado aseguró que el Gobierno otorgó legalmente facultades a la CREG para diferir estos cobros, mientras dure la emergencia sanitaria.
De ahí que la CREG encontró necesario, y ante la habilitación que le fue conferida, estableció una tarifaria transitoria para privilegiar a los usuarios del servicio domiciliario de gas ante un eventual incumplimiento, al posibilitar la aplicación de un pago diferido que se ajuste a las eventuales circunstancias que lleven a una disminución de ingresos económicos de la población, la cual se proyectó como una de las consecuencias de la pandemia