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Confirman condena de 15 años de prisión contra expresidente de Saludcoop y exdirectivo

Ambos exdirectivos fueron hallados responsables de los delitos de estafa, fraude procesal y falsedad en documento privado, por lo cual deberán cumplir una pena de 15 años y un mes de prisión.

Carlos Gustavo Palacino
Carlos Gustavo Palacino
Foto: Blu Radio

El Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena en contra del expresidente de la desaparecida EPS Saludcoop , Carlos Gustavo Palacino Antia, y del exvicepresidente financiero de la misma entidad, Javier Mauricio Sabogal Jaramillo, por su participación en un esquema de fraude con recobros ilegales ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga).

Ambos exdirectivos fueron hallados responsables de los delitos de estafa, fraude procesal y falsedad en documento privado, por lo cual deberán cumplir una pena de 15 años y un mes de prisión. Además, la sentencia contempla el pago de una multa equivalente a 820 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad por 7 años y 8 meses para ejercer funciones públicas.

Captura / Esposas / Detenido
Captura / Esposas / Detenido
Foto: AFP

De acuerdo con el fallo, entre enero de 2010 y mayo de 2011, Palacino y Sabogal expidieron cheques de manera sistemática para cubrir presuntos servicios de salud y atención de pacientes. Sin embargo, dichos pagos nunca se materializaron: los cheques fueron guardados o anulados, mientras la EPS Saludcoop presentó ante el Fosyga solicitudes de recobro como si los servicios se hubieran prestado. Por esta vía, la entidad obtuvo de manera irregular 14.269 millones de pesos correspondientes a 2.912 recobros.

La decisión del tribunal también subraya que los ahora condenados no realizaron los pagos oportunos a los prestadores de servicios de salud por procedimientos no cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), tal como lo exige la ley. Igualmente, se determinó que ocultaron la crisis financiera por la que atravesaba la EPS, agravando la situación del sistema de salud.

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Esta condena corresponde a una decisión de segunda instancia, pero aún es susceptible del recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia .

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