A través de su Sala Laboral, la Corte Suprema de Justicia señaló, en un fallo reciente, que una entidad bancaria, responsable de enfermedad laboral de trastorno depresivo generada por acoso laboral, que afectó ámbitos personal, familiar y social de una empleada, deberá pagarle más de 160 millones de pesos por perjuicios fisiológicos. Se trata del caso de María (Se cambió su nombre para proteger identidad).
Esta mujer demandó al Banco de Bogotá S.A. y a la Equidad Seguros Generales, organización cooperativa, “para que se declarara la existencia de un contrato a término indefinido con el Banco de Bogotá, entidad responsable de los perjuicios causados con enfermedad profesional que se le causó cuando laboraba para la entidad accionada por acoso y maltrato laboral”.
Es decir, María pidió se condenara al banco demandado. En primer lugar, al reconocimiento y pago de los perjuicios materiales por su enfermedad y por la invalidez que se desprendió de la misma.
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más del 50 %, causadas con enfermedad de carácter profesional a razón de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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Por largo tiempo, María sufrió acoso laboral por parte del subgerente y gerente de la entidad demandada, quienes, a su juicio, iniciaron una persecución y maltrato que tuvo como finalidad que renunciara a su cargo, para en el mismo puesto ubicar a otro funcionario que se encontraba vinculado de manera temporal.
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“Para ello le asignaron funciones diferentes a las propias de su cargo y fue objeto de burlas, inclusive frente al grupo de trabajo y aislamiento social. A su vez, se le generó que era una mala imagen para el banco y, finalmente, el 7 de septiembre de 2005 fue trasladada de oficina”, advierte el fallo conocido por BLU Radio.
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María señala que debido al estrés laboral sufrido como consecuencia de la persecución, le fue diagnosticado por el médico de su institución de salud una crisis emocional con cambios progresivos de tipo depresivo con dolores de cabeza constantes y ansiedad laboral severa.
Después de pasar por manos del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, el caso llegó manos de la Sala Laboral de la Corte Suprema, quien en un fallo reciente señaló que el banco demandado deberá pagarle más de 160 millones de pesos a esta persona por los daños causados.
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Con esto, se sentó un precedente claro en Colombia sobre las conductas derivadas del maltrato y acoso en entornos laborales.
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