La Corte Constitucional tomó una decisión importante que protege y garantiza el ejercicio del periodismo en el país, al determinar que no pueden ser declarados responsables por publicar y opinar sobre una denuncia de corrupción por parte de funcionarios.
La decisión se dio luego de estudiar la tutela que presentó la periodista Vicky Dávila , en ese entonces en RCN Radio, en contra del fallo proferido por el Tribunal Superior de Bogotá, que los declaró civilmente responsables por la publicación de una noticia en mayo de 2014.
La abogada Catalina Botero, quien intervino en este caso ante la Corte Constitucional, como abogada del mencionado canal, habló en 'Mañanas Blu, cuando Colombia está al aire, de la decisión del alto tribunal y de las implicaciones de dicho fallo.
"Es una sentencia muy importante por el momento que estamos viviendo en Colombia y América Latina. La Corte resuelve una tutela que interpusimos en contra de una condena a la periodista, en un proceso civil, que son los procesos que están utilizando los políticos para tratar de silenciar por un tema de corrupción. La periodista entrevista a quien denuncia el acto de corrupción y a su superior jerárquico. Y es muy insistente en dar una opinión de un hecho", indicó.
Publicidad
El informe de Dávila hacía referencia a un supuesto acto de corrupción que involucraba al entonces comandante de la Policía de Casanare, coronel Jorge Hilario Estupiñán. El fallo del Tribunal Superior de Bogotá afirmaba que la entrevista que se le hizo al oficial tuvo la intención de perjudicarlo.
Botero, quien es socia fundadora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (DeJusticia), señaló cómo cree que actúan los jueces en los casos mediáticos que trabaja el periodismo.
Publicidad
“Los jueces son funcionarios conservadores, no les gusta el espectáculo y creen que las personas no pueden ser cuestionadas de esa manera. Pero lo que hacen los jueces son extrapolar su manera de actuar al periodismo , Dicen que los periodistas no pueden hacer preguntas inquisitivas, que no pueden dar opiniones sobre si alguien puede ser culpable, sin una sentencia previa”, expresó.
Además, la letrada señaló que los comunicadores no pueden hacer públicos documentos que hacen parte de una reserva de sumario, lo cual es gravísimo para un periodista. Resaltó que, a su parecer, es grave condenar a un periodista por esto y los casos por los que puede condenar a un comunicador.
"La regla de oro de la Corte Constitucional en estos casos es: un periodista solo puede ser condenado cuando se demuestra que la difamación era falsa y se sabía que era así; cuando no hizo ningún esfuerzo por investigar y se hizo un daño antijurídico que el funcionario no puede soportar. Al periodista no lo pueden condenar por eso", manifestó.
Y reveló los motivos que la llevaron a defender a Dávila en este mediático caso: "Entré al caso porque me pareció que la sentencia era gravísima para la democracia colombiana y logramos que la Corte Constitucional aplicara estándares internacionales. Entiendo que la prudencia es una virtud de la justicia, pero no se puede extrapolar al periodismo", reseñó.
Publicidad
En su concepto, "no pueden pedirles a los periodistas que actúen como los jueces quieren que actúen. Tienen que entender la naturaleza del periodismo y aceptar que algunas veces hay que proteger al periodismo malo para defender el bueno y esa debe ser la regla. Los abogados deben saber eso y generar una primera línea de defensa jurídica para los periodistas que resultan civilmente demandados”, enfatizó.
Publicidad
En este orden de ideas, Botero resaltó el trabajo de los comunicadores y aclaró que también tienen otras obligaciones que más que legales, sino éticas.
"Lo que dice la Corte Constitucional es que no se le puede poner al periodista la carga de un juez, pero sí el derecho razonable. El periodista tiene derecho a reservar la fuente, pero debe demostrar que hizo el ejercicio de comprobar la información, de confirmar", puntualizó.